Aclaración de pagos posterior a la firma del contrato
· hace 1 año
El acto del 26 de septiembre identifica una contradicción del pliego y solicita seguir la modalidad de pago del contrato base, fechado el 18 de agosto. Aunque la modalidad coincide con otra cláusula del pliego y no se afirma que se modifique el contrato firmado, conviene verificar cuándo y cómo se formalizó y publicó esta aclaración, dado que atañe a una condición económica contractual.
“CONSIDERANDO: Que el Pliego de Condiciones, de fecha (11) once del mes de junio del año 2025, tiene un error humano involuntario, en lo relacionado a la Condiciones de pago y retenciones: (Un único pago en un período no mayor de (30) días) ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 181 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 181 — Procedimiento para la modificación del contrato
Artículo 181. Procedimiento para la modificación del contrato. La modificación del contrato se realizará agotando la forma y plazo establecidos en el pliego de condiciones. Cuando estas sean ambiguas o no se haya establecido un procedimiento, será el siguiente: 1. La institución contratante realizará un informe pericial en el cual se indique de manera detallada la causa que da lugar a la modificación. 2. La institución contratante notificará por escrito al contratista la intención de modificar el contrato u orden de compra o servicio, exponiendo de manera detallada y debidamente motivada la causa que la justifica, así como el informe pericial que avale la intención. 3. El proveedor tendrá…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
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