La Enmienda No. I, fechada el 25 de septiembre de 2025, modifica cinco apartados del proceso para adquirir dos camionetas y confirma un valor referencial de RD$6,348,000.00, incluidos los impuestos. También establece un rango del 10% hacia la baja para evaluar ofertas potencialmente anormalmente bajas, fija condiciones de pago y entrega, ajusta fechas contractuales y cambia el criterio de desempate.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 4, página 5Valor referencial y ofertas potencialmente anormalmente bajas | La redacción sustituida no se reproduce en la enmienda; otros documentos del proceso indican el mismo valor referencial de RD$6,348,000.00. | Confirma RD$6,348,000.00, impuestos incluidos, y establece un rango del 10% hacia la baja para identificar ofertas que podrían descalificarse como anormalmente bajas, tras el debido proceso. | Endurece |
| Numeral 9, página 27Condiciones de pago y retenciones | La redacción anterior del apartado no se reproduce en la enmienda. | Establece pago único del 100% a los 45 días de la entrega; para MIPYMES, anticipo del 20% a los 5 días de certificado el contrato y pago del 80% restante a los 45 días de la entrega. Requiere garantía de buen uso del anticipo. | Aclara |
| Numeral 7, página 6Entrega de los bienes | El texto previo no se reproduce; el resumen del pliego indica un plazo de 20 días laborables, sin precisar aquí el hito inicial. | Fija la entrega de dos camionetas dentro de los 20 días laborables siguientes a la emisión de la certificación de contrato. | Aclara |
| Cronograma, numeral 8, página 7Garantía de fiel cumplimiento y formalización | Fechas previas no reproducidas en la enmienda. | Fija la constitución de la garantía para el 30/10/2025, la suscripción del contrato para el 03/11/2025 y su publicación para el 04/11/2025. | Neutral |
| Numeral 8, página 23Desempate de ofertas | El criterio de desempate anterior no se reproduce en la enmienda. | Dispone escoger la oferta que presente marcas con mejor evaluación y mayor aceptación en el mercado, con constancia inequívoca; si ninguna cumple los criterios, se hará sorteo público. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona