El Acta No. FRDV-ADP-0040-2025, de fecha 2025-09-19, aprueba el pliego y el uso de comparación de precios para la obra de iluminación vial en La Altagracia, segunda etapa, con fondos certificados por RD$186,000,000. También designa cinco peritos y ordena continuar el procedimiento y publicar el acto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El monto certificado de RD$186,000,000 queda RD$64,255.80 por debajo del máximo de RD$186,064,255.80 para comparación de precios de obras en 2025. La modalidad se encuentra dentro del umbral, pero la cercanía al tope merece verificar el estudio y la estimación presupuestaria.
“La Certificación de Existencia de Fondos No. , de fecha diecinueve (19) de septiembre de 2025, por un monto de Ciento Ochenta y Seis Millones de Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$186,000,000.00), emitida por la Dirección de Gestión de Recurs”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 17
ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…
El documento registra que los miembros presentes renunciaron a cualquier plazo contenido en la convocatoria de la sesión. No precisa qué plazo se renunció ni su efecto, por lo que corresponde verificar en el expediente la convocatoria y la oportunidad de deliberación; el acta también consigna que todos los miembros estaban presentes.
“y que al estar todos los miembros presentes se renuncia a cualquier plazo contenido en la convocatoria.”
El acta atribuye la comparación de precios al artículo 16.5 de la Ley y al artículo 46, numeral 10, del Reglamento; sin embargo, el artículo 16.5 describe la subasta inversa y el artículo 46 del Reglamento trata excepciones. El acta sí resuelve convocar como comparación de precios; conviene verificar que la ejecución se ajustó a las reglas de esa modalidad.
“CONSIDERANDO: Que de acuerdo al artículo 16, numeral 5, de la Ley y sus modificaciones: "comparación de Precio: Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan p”
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
Reglamento 416-23, artículo 42 — De la comparación de precios
Artículo 42. De la comparación de precios. Este procedimiento se utilizará para la adquisición de bienes comunes con especificaciones estándar, contratación de servicios y obras menores. Párrafo. En el caso de que el presupuesto estimado de las obras a contratar se encuentre dentro del umbral fijado para compra menor o compra por debajo del umbral mínimo, deberá utilizarse el procedimiento por comparación de precios.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 43 — De la subasta inversa
Artículo 43. De la subasta inversa. Este procedimiento podrá utilizarse para la contratación de bienes comunes y estandarizados, en el cual los oferentes realizan propuestas en el plazo establecido en el pliego de condiciones, reduciendo el precio inicialmente ofertado en valores o porcentajes mínimos mediante puja electrónica a través del SECP.