El 23 de septiembre de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones del Ministerio de Trabajo aprobó la evaluación económica y adjudicó a Hotelera Bávaro, S.A. la organización logística de la 20.ª Reunión Regional de las Américas de la OIT por RD$36,000,000, impuestos incluidos. El acta indica que esa empresa fue la única cuya oferta recibió el Comité y que cumplió los requisitos del pliego.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra una única empresa como oferente y le adjudica RD$36,000,000, monto igual al estimado y a la apropiación presupuestaria según los datos del proceso. Aunque una oferta única no determina por sí sola una irregularidad, la ausencia de competencia efectiva y la coincidencia exacta del precio con el presupuesto justifican revisar la razonabilidad del precio y el sustento de la selección.
“este Comité de Compras y Contrataciones recibió la oferta de la empresa que se indica a continuación: HOTELERA BAVARO S.A. … ADJUDICA, al siguiente oferente: HOTELERA BAVARO S.A. por el monto ascendente a la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES,”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El orden del día identifica el procedimiento como proveedor único, pero el acta también lo califica como selección competitiva y fundamenta en el artículo 49, numeral 4, que corresponde a exclusividad. El reglamento distingue esa selección competitiva de la selección directa por proveedor único; la discordancia amerita verificar qué procedimiento se aprobó y ejecutó.
“Conocer, verificar, y si procede, validar y aprobar la evaluación económica del PROCEDIMIENTOS DE EXCEPCIÓN DE PROVEEDOR UNICO correspondiente a la CONTRATACION DE LOS SERVICIOS DE GESTION, LOGISTICA Y ORGANIZACIÓN GENERAL PARA LA 20va REUN”
Reglamento 416-23, artículo 49 — Excepciones por selección competitiva
Artículo 49. Excepciones por selección competitiva. La contratación por selección competitiva es el procedimiento donde las instituciones realizan un llamado a través de una convocatoria en el SECP, para que las personas interesadas o invitadas, según el tipo de excepción, presenten sus propuestas para el bien, servicio u obra que el Estado necesita. Los procedimientos de excepción por selección competitiva son: 1. Situaciones de seguridad nacional. 2. Situaciones de emergencia nacional. 3. Situaciones de urgencia. 4. Exclusividad. 5. Compras y contrataciones destinadas a promover el desarrollo de MIPYMES. 6. Rescisión de contratos cuya terminación no exceda el 40 % del monto total del…
Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa
Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Hotelera Bávaro, S.A.El acta afirma que cumplió con las especificaciones y requisitos técnicos y legales del pliego.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…