Aclarar el alcance de la interoperabilidad alegada
· hace 1 año
El informe describe integración con portales, servicios digitales gubernamentales y sistemas internos, pero concluye que los datos del sistema no se relacionan con otros aplicativos. Conviene precisar el alcance de esas integraciones, pues la interoperabilidad y la insustituibilidad se presentan como fundamentos técnicos de la excepción.
“• Soporte para API/Web Services, permitiendo la integración con sistemas internos. …por tanto, una gestión uniforme encriptada y asegurada, en un mismo sistema de datos que no se relacionan con otros aplicativos, por razones de seguridad.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
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