La Resolución núm. CCC-226-2025, de 2025-08-06, aprueba el pliego de condiciones y sus anexos para la licitación pública nacional INDOTEL-CCC-LPN-2025-0008, destinada a adquirir una plataforma tecnológica en la nube (Azure). También ordena convocar el procedimiento y publicar la resolución y los actos consecuentes en el SECP y el portal institucional.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Esta resolución aprueba el pliego y remite a la Resolución CCC-225-2025. Según el resumen de ese acto aportado con el expediente, allí se aprobó un presupuesto estimado de RD$11,300,000, mientras que el pliego y la ficha del proceso registran RD$7,700,000; la diferencia es de RD$3,600,000 y requiere aclarar cuál estimación sustentó la convocatoria.
“CONSIDERANDO: que mediante la Resolución núm. CCC-225-2025 de fecha 6 de agosto de 2025, el Comité de Compras y Contrataciones del INDOTEL aprobó el procedimiento de selección y designó a los peritos que realizarán las especificaciones técn”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
La resolución identifica la licitación como adquisición de una plataforma Azure, pero en uno de sus considerandos describe el pliego como relativo a licencias para equipos informáticos. La parte resolutiva vuelve a identificar Azure; conviene verificar que el anexo aprobado corresponda a ese objeto.
“En tanto, será el pliego de condiciones específicas que regirá el procedimiento por Licitación Pública Nacional para la «adquisición de licencias para uso de equipos informáticos del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones».”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona