La Circular No. 1, fechada el 15 de septiembre de 2025, responde consultas sobre la renovación de licencias informáticas del proceso SIPEN-CCC-CP-2025-0004. Precisa, entre otros aspectos, las licencias y capacidades requeridas, el uso de Teams por separado y que las ofertas deben presentarse por lote, no por ítem. El pliego y el portal indican un presupuesto estimado de RD$5,644,790.51 y recepción de ofertas el 18 de septiembre de 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular está fechada el 15 de septiembre y el cronograma del proceso fija la recepción de ofertas para el 18 de septiembre de 2025. En ese intervalo se precisan aspectos que inciden en la cotización, como la capacidad de 3 TB y la separación de Office y Teams; corresponde verificar si los oferentes tuvieron tiempo suficiente para ajustar sus propuestas, sin que el documento demuestre por sí solo una afectación.
“RESPUESTA: Licencias no, Capacidad almacenamiento 3TB. … RESPUESTA: Office y Teams están solicitadas por separado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 105 · Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta
Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona