El informe pericial, fechado el 13 de agosto de 2025, justifica adquirir 500 licencias adicionales de UltiCabinet mediante una excepción por proveedor único y solicita que el Comité de Compras y Contrataciones acoja esa justificación. El proceso figura en el portal con un monto estimado de RD$37,800,000 y adjudicado a PZU Consulting, SRL.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe fundamenta la selección directa en que PZU sería titular de los derechos y distribuidora exclusiva, y remite a un anexo y a una compra previa del MINERD. Conviene verificar que la documentación citada acredita la titularidad, el alcance territorial y la exclusividad aplicable a las licencias y módulos adquiridos en este proceso.
“Como propietaria incluyendo los derechos de propiedad intelectual y los derechos patrimoniales de la solución tecnológica, "UltiCabinet" y Distribuidor Exclusivo del software, para todo el territorio de la Republica Dominicana (ver anexo).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El informe afirma que 100 licencias representan el 33% del programa y, a continuación, solicita 500 adicionales, sin explicar cómo se deriva esa cantidad de la cobertura o demanda prevista. Conviene comprobar el cálculo de necesidades que sustenta la expansión.
“En la actualidad el INAFOCAM, cuenta con un total de 100 licencias distribuidas en 24 departamentos, lo que representa 33% del programa, por lo que en esta fase se requieren unas 500 licencias adicionales.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
PZU Consulting, SRLEl informe la identifica como propietaria de los derechos de UltiCabinet y distribuidora exclusiva para República Dominicana; el portal registra la adjudicación por el monto total del proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona