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Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de Condiciones - PEEX-2025-0002.pdf

ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE SEGURIDAD FORTIMANAGER, FORTIANALYZER Y FORTISASE · Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones

Publicado el 10 sept de 202543 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIVHED-CCC-PEEX-2025-0002

Lo que dice

El pliego establece las condiciones del procedimiento de excepción por exclusividad MIVHED-CCC-PEEX-2025-0002 para adquirir licencias FortiManager, FortiAnalyzer y FortiSASE, con presupuesto base de RD$8,095,000. Fija recepción de ofertas para el 22 de septiembre de 2025 y requisitos técnicos, económicos y de garantía para la evaluación y adjudicación.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentos

Credenciales técnicas muy específicas para el objeto contratado

Documento del 10 sept 2025 · hace 1 año

El pliego exige canal autorizado Fortinet con certificación “Advance” y dos ingenieros con maestría en ciberseguridad y certificaciones FCSS, incluida una especialización en OT Security y OT Security Architect. La compatibilidad con la plataforma Fortinet existente puede justificar parte de los requisitos, pero la especialización OT no se vincula claramente con las licencias y prestaciones descritas y podría restringir la participación.

“Certificación emitida directamente por el fabricante en la cual haga constar que el Oferente es canal autorizado a comercializar y proveer soporte para los productos especializados de Fortinet, Inc. en República Dominicana y se evidencia”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

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A revisarHallazgo en documentos

Condiciones de anticipo contradictorias

Documento del 10 sept 2025 · hace 1 año

Una cláusula indica que el anticipo será del 20% y vuelve a mencionar ese porcentaje para MIPYMES; otra dispone expresamente que el primer pago del 20% solo aplica a MIPYMES. La diferencia deja incierto si los demás adjudicatarios recibirían anticipo, lo que puede afectar la preparación y comparación de las ofertas.

“El anticipo que le será otorgado al adjudicatario como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 11. Condiciones de pago y retenciones, que asciende a 20% y a un 20% si se trata de un oferente certificado como MIPYME, se”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance

Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.

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ContextoHallazgo en documentos

Umbral de oferta temeraria referido al promedio de ofertas, pese a prohibición del art. 130

Documento del 10 sept 2025 · hace 1 año

La sección 4 del pliego establece que una oferta puede considerarse temeraria si es inferior al 20% «en relación al promedio del precio o valor del ítem o artículo ofertado», base de comparación que el párrafo III del artículo 130 del Reglamento 416-23 prohíbe usar (el párrafo II remite al presupuesto base). El pliego también recoge la regla conforme en la sección 11.2.a (20% frente al presupuesto base). En este proceso la regla del promedio no tuvo efecto práctico: solo hubo una oferta habilitada, por RD$7,700,000, un 4.9% por debajo del presupuesto base de RD$8,095,000, y no se descalificó ninguna oferta por temeraria.

“La Oferta Económica y el presupuesto propuesto por el Oferente/Proponente, no puede superar en más de un DIEZ POR CIENTO (10%) del valor estimado, ni ser inferior al … VEINTE POR CIENTO (20%) en relación al promedio del precio o valor del”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias

Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…

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Otros documentos del proceso (16)

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  • Informe Justificativo.pdfInforme justificativo · 9 sept de 2025 · 1 señal
  • OGTIC 1.pdfDocumento · 9 sept de 2025
  • OGTIC 2.pdfDocumento · 9 sept de 2025
  • Solicitud de Compras.pdfSolicitud de compra · 9 sept de 2025
  • Convocatoria - PEEX-2025-0002.pdfDocumento · 10 sept de 2025
  • Anexos.zipDocumento · 10 sept de 2025
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  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Acta de adjudicación · 6 oct de 2025 · 1 señal
  • Informe final del portalDocumento · —
  • MIVHED-CB-SB-PEEX-2025-0002 - BLUEBOX SOLUTIONS S.R.L. (Tachado).pdfDocumento · —
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  • Resolución de Adjudicación - PEEX-2024-0002.pdfActa de adjudicación · —