La exclusividad del fabricante no acredita por sí sola la de los proveedores
· hace 1 año
El informe fundamenta la exclusividad en que Fortinet es el único fabricante, pero también menciona sus distribuidores autorizados. Esa razón no determina por sí sola cuántos proveedores acreditados pueden atender el requerimiento; conviene verificar que la selección competitiva haya considerado a todos los que correspondan, según la documentación de soporte del expediente.
“En este caso, el fabricante FORTINET, a través de sus distribuidores autorizados, es el único fabricante que puede proporcionar los productos: FortiGate (Firewalls de próxima generación - NGFW), FortiAnalyzer, FortiManager, FortiClient (Seg”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
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