Publicado el 9 sept de 2025Fechado el 8 sept de 20256 páginasEn el mensaje «Circular núm. 1 de preguntas y respuestas y enmienda al Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas - SIV-CCC-SI-2025-0001»
La Enmienda núm. 1, aprobada mediante el Acta núm. 103 y fechada el 9 de septiembre de 2025, modifica el plazo de entrega de los equipos de 30 días calendario a 30 días hábiles. También reduce de más de 20 a más de 18 años la antigüedad mínima exigida al fabricante de laptops y monitores, y aclara que el requisito corresponde al fabricante, no a la experiencia del oferente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce el umbral de antigüedad utilizado para verificar la trayectoria del fabricante de los equipos..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Entrega en un plazo máximo de 30 días calendario tras la suscripción del contrato.
Entrega en un plazo máximo de 30 días hábiles tras la suscripción del contrato.
Relaja
Pliego de Condiciones, numeral 8, y Especificaciones Técnicas, numeral 12Antigüedad del fabricante
Se exigía que el fabricante tuviera más de 20 años en el mercado de ventas de laptops y monitores.
Se exige que el fabricante tenga más de 18 años en el mercado de ventas de laptops y monitores; se precisa que la antigüedad requerida es la del fabricante, no la experiencia del oferente.
RelajaQuita un control: Reduce el umbral de antigüedad utilizado para verificar la trayectoria del fabricante de los equipos.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Pliego Estandar de subasta inversa - equipos tecnológicos FD.pdf