La certificación MIPYME queda clasificada como no subsanable
· hace 1 año
La enmienda incorpora la certificación como requisito técnico no subsanable. Como el proceso está limitado a MIPYMES, la acreditación es pertinente; aun así, el artículo 120 del Reglamento 416-23 prevé la subsanación de documentos de credenciales cuando el requisito ya se cumplía al presentar la oferta, por lo que conviene verificar cómo se aplicó esta clasificación.
“11.1.2 Documentación técnica: [No subsanable] 1) Certificación MYPYMES.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
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