La solicitud de compra CESAC-CCC-CP-2025-0016, fechada el 5 de septiembre de 2025, requiere alquilar por 12 meses 21 fotocopiadoras para la sede principal y 22 para las terminales aeroportuarias. Estima RD$4,044,000 para el primer renglón y RD$1,500,000 para el segundo, para un total de RD$5,544,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud estima RD$337,000 mensuales por 21 fotocopiadoras en la sede principal y RD$125,000 por 22 en las terminales, aunque ambos renglones describen alquiler por 12 meses de equipos multifuncionales B/N. El segundo monto también supera la mediana de RD$51,000 de 109 ítems de referencia del portal; las diferencias de alcance o volumen de uso podrían explicarlo, pero conviene contrastarlas con los estudios de mercado y las especificaciones.
“Precio Unitario Estimado Monto 1 2.2.5.3.04 SERVICIO DE ALQUILER DE VEINTIUNO (21) FOTOCOPIADORAS MULTIFUNCIONAL ES DE COPIADO, IMPRESIÓN, ESCÁNER BNV, POR UN PERIODO DE 12 MESES,”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 67 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Los precios unitarios estimados consignados son RD$337,000 y RD$125,000 por mes para cantidades de 21 y 22 equipos, respectivamente. Aunque pueden responder a distintos requerimientos de impresión o costos de instalación, la solicitud no distingue esos factores; procede verificar la composición de ambos costos estimados.
“MES 12 RD$337,000.00 RD$ 4,044,000.00 Click here to enter text. No. EXPEDIENTE Click here to enter text. CESAC-CCC-CP-2025-0016 05 de septiembre de 2025.-”
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Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 67 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 67. Actuaciones incluidas en los estudios previos. Sin ser limitativos, para la realización de los estudios previos, los entes y órganos contratantes deberán agotar, como mínimo, una o varias de las siguientes actuaciones, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación: 1. Realizar estudios de mercado. 2. Consultar los catálogos de bienes y servicios y el Sistema de Información de Precios, administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas. 3. Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato. 4. Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona