En sesión del 2025-09-03, el Comité de Compras y Contrataciones aprobó las especificaciones y el procedimiento de excepción para adquirir oxígeno médico mediante sistema PSA durante 12 meses, y designó a Juan Linares como perito. La resolución fundamenta la selección en que Oxijaya, SRL sería el único proveedor con suministro y tanque fijo disponible en el hospital; el portal registra convocatoria el 2025-09-05 y un monto estimado de RD$14,400,000.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta aprueba el procedimiento de exclusividad, pero justifica la selección afirmando que Oxijaya es el único proveedor. El Reglamento distingue la exclusividad —para un número limitado de proveedores, hasta cinco, con participación de los acreditados— del proveedor único, que se tramita como selección directa; conviene verificar qué modalidad se aplicó efectivamente.
“SEGUNDO: Aprobar el uso del proceso de Bienes o servicios con exclusividad para la adquisición de oxígeno para el hospital. ... por ser el único proveedor del país que se abastecen de materia prima por mar y por tierra”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad
Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
La integración consignada enumera cuatro miembros y no identifica al titular del área jurídica, aunque el Reglamento establece un comité de cinco miembros que incluye ese cargo. Conviene verificar la integración formal vigente y la participación o sustitución correspondiente en esta sesión.
“integrado por: Dr. Cristóbal Guillermo Genao, director general- presidente-Miembro. Licda. Luisa Teófila Núñez, Encargada Administrativa y financiera-Miembro. Licda. Ana Delgado, Encargado Planificación y Desarrollo-Miembro. Licda. Paola de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Oxijaya, SRLEl acta la identifica como proveedor único y aprueba el uso del procedimiento de bienes o servicios con exclusividad; no adjudica en este documento.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
adjudicacion 0001.pdf
Acta de adjudicación · 17 sept de 2025 · 2 señales