El pliego establece las bases de la comparación de precios MIREX-CCC-CP-2025-0012, convocada el 3 de septiembre de 2025, para adquirir e instalar un sistema de transferencia automática y paneles eléctricos. Fija un presupuesto estimado de RD$5,579,915.86, distribuido entre el Lote I (RD$3,767,376.86) y el Lote II (RD$1,812,539.00), con adjudicación del Lote I completo y del Lote II por ítem.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Se exige un depósito de RD$500,000 o una línea de crédito de RD$1,000,000, mientras que el Lote II admite ofertas por ítem y uno de sus ítems tiene un estimado de RD$194,119. Aplicar el mismo umbral financiero a ofertas de ese tamaño puede ser desproporcionado respecto del valor de la prestación y restringir quién puede competir por ítems individuales.
“Referencia Bancaria que certifique depósito en cuenta de por lo menos QUINIENTOS MIL PESOS DOMINICANOS (RD$500,000.00), o (b) Línea de crédito bancaria por un monto no menor de UN MILLÓN PESOS DOMINICANOS (RD$1,000,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
El pliego contiene fechas de vencimiento incompatibles: una cláusula indica vigencia hasta el 29 de octubre y la tabla de evaluación económica, hasta el 29 de septiembre. Esta última fecha es anterior al plazo previsto para la suscripción del contrato, el 29 de octubre, por lo que la regla no permite determinar con claridad la cobertura exigida.
“Con una vigencia de noventa (90) días calendario (Hasta el 29 de octubre del 2025) computados a partir de la fecha de recepción de ofertas de acuerdo con el cronograma de actividades del pliego de condiciones … B. Garantía de la Seriedad”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 197 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 197 — Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta
Artículo 197. Vigencia de la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta. La vigencia de esta garantía de seriedad de la oferta será establecida por el pliego de condiciones, deberá contarse a partir de la fecha de apertura de las ofertas técnicas y cubrir hasta la fecha de suscripción del contrato, de acuerdo con el cronograma de actividades del procedimiento de selección.
El pliego dispone que empresas que coincidan en alguno de sus socios solo puedan participar mediante una de ellas, salvo que formen consorcio. La regla alcanza a empresas distintas sin que el texto limite la exclusión a que sus ofertas sean coordinadas, lo que podría reducir la participación; la Ley sí restringe la presentación múltiple de quienes forman parte de un consorcio.
“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identificación de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…
Aunque el objeto del procedimiento es adquirir e instalar equipos eléctricos, entre los documentos técnicos se solicita aceptar las condiciones de un «servicio de alquiler». La diferencia podría generar incertidumbre sobre qué prestación deben aceptar los oferentes y cómo se evaluará ese compromiso; podría ser un arrastre de plantilla.
“Comunicación del oferente donde indique que acepta las condiciones del servicio de alquiler y que está de acuerdo con los tiempos de entrega y las condiciones de pago de acuerdo con lo establecido en las presentes Condiciones Generales y Es”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.