El estimado supera ampliamente el del proceso previo de igual objeto
· hace 1 año
El portal registra un proceso anterior, declarado desierto, con la misma descripción y un estimado de RD$2,500,000; esta solicitud fija RD$5,400,000, más del doble. El cambio puede deberse a una actualización de costos o del alcance, pero conviene verificar el sustento del nuevo estimado en los estudios de mercado.
“1 | | 2.7.2.4.01 | 01 | UD | RD$5,400,000.00 | RD$5,400,000.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
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