Publicado el 1 sept de 2025Fechado el 8 may de 202511 páginasEn el mensaje «CONTRATO VERAS AGRAMONTE INVESMENT Y ACTA ADJUDICACION MODIFICADA PROCESO LPN-2024-0030»
El contrato núm. 2025-0051 formaliza por RD$403,029.00 la adquisición adjudicada a Veras Agramonte Investments, S.R.L., para cuatro renglones de bienes odontológicos. Fue firmado el 2025-05-09 por el SNS y el proveedor; establece, entre otras condiciones, entrega en 30 a 45 días hábiles y supervisión institucional. El documento presenta inconsistencias en la referencia del acto de adjudicación y en el código de uno de los bienes, además de una cláusula amplia de confidencialidad.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El contrato atribuye la adjudicación a un acta núm. 001/2025 de fecha 14 de enero, aunque consigna que la apertura económica ocurrió el 25 de marzo de 2025; los antecedentes del proceso identifican como adjudicación el acta núm. 045-2025, conocida el 25 de abril. La diferencia requiere verificar el acto que sustentó este contrato y corregir o aclarar su trazabilidad; podría tratarse de un error de referencia.
“Que en fecha veinticinco (25) del mes de marzo del año dos mil veinticinco (2025), se procedió a la Apertura y Lectura de la Ofertas Económica “Sobre B” del procedimiento de Licitación Pública Nacional Referencia: SNS-CCC-LPN-2024-0030… Dic”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Ley 340-06, art. 15 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
La tabla de precios identifica el gel antibacterial como ítem 2.36, pero el artículo de entregables lo identifica como 2.3. Esta discrepancia puede dificultar determinar qué renglón fue contratado y verificar la recepción conforme del bien.
“2.36 | Gel Anti-Bacterial Para Manos | 90 | Galones | 650.00 | 117.00 | 767.00 | 69,030.00 … Lote II, ítems 2.3 Gel Anti-Bacterial Para Manos, 2.40 Guantes L, 2.42 Guantes M, 2.45 Guantes S.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 28 · Reglamento 416-23, art. 171 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 28
ART. 28. El contrato, para considerarse válido, contendrá cláusulas obligatorias referidas a: antecedentes, objeto, plazo, precio, ajuste de precios, equilibrio económico financiero, garantías, modificación, terminación, resolución, arbitraje, nulidad, sanciones y bonificaciones, si ello se ha acordado, liquidación, solución de controversias, y las demás que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la contratación y con las condiciones que establezca el reglamento de la presente ley. PÁRRAFO I. El reglamento establecerá las características formales del contenido de las órdenes de compra y de servicio. PÁRRAFO II. En el caso de que sea necesaria la devolución de valores avanzados por la…
Reglamento 416-23, artículo 171 — Documentos que se integran al contrato
Artículo 171. Documentos que se integran al contrato. Formarán parte del contrato o de la orden de compra o servicio, el pliego de condiciones y sus anexos, la oferta técnica y económica y el cronograma de entrega adjudicados.
La cláusula define como confidencial información administrativa y financiera e incluye contratos y listados de proveedores, sin expresar en el texto citado una salvedad para la información cuya divulgación exige el régimen de publicidad y acceso al expediente. Conviene comprobar que su aplicación no limite la transparencia exigible a la contratación pública.
“iv) información de índole financiera, tributaria, legal, administrativa, como estados financieros, contratos y/o acuerdos, e v) información que haya sido recibida de cualquier otra forma, ya sea oral, en gráficos o escrita, registros, infor”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 13. Toda persona que acredite algún interés podrá en cualquier momento conocer las actuaciones referidas a compras o contrataciones, desde su iniciación hasta la extinción del contrato, con excepción de las contenidas en la etapa de evaluación de las ofertas o de las que se encuentren amparadas bajo normas de confidencialidad. La negativa infundada a permitir el conocimiento de las actuaciones a los interesados se considerará falta grave por parte del funcionario o agente al que corresponda otorgarla. El conocimiento del expediente no interrumpirá los plazos de las distintas etapas de los procedimientos de compra y contratación. PÁRRAFO. La entidad contratante llevará un expediente de…
Oferentes que registra (1)
1 adjudicado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Veras Agramonte Investments, S.R.L.El contrato formaliza la adjudicación de cuatro ítems del Lote II: gel antibacterial y guantes en tallas L, M y S.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 14 — Acceso a los expedientes de compras y contrataciones
Artículo 14. Acceso a los expedientes de compras y contrataciones. Todo interesado tendrá derecho a acceder a los expedientes de compras y contrataciones a través de los medios que al efecto se establezca, salvo la reserva que sea declarada confidencial, como mecanismo para garantizar de forma efectiva y directa el control social previsto en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones.