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Abriendo la ficha…

Acta de adjudicación

acta de adjudicacion-semaforos.pdf

ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE SISTEMA SEMAFÓRICO DE LUCES ESPECIALES CON CAPACIDAD DE INTERCONEXIÓN A LA CENTRAL DE CONTROL DE TRÁFICO PARA COLOCARSE EN DIVERSAS INTERCEPCIONES DEL MUNICIPIO DE SDE… · Ayuntamiento Santo Domingo Este

Publicado el 29 ago de 2025Fechado el 28 ago de 20253 páginasEn el mensaje «Informe final de la selección DO1.AWD.1820045»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ASDE-CCC-CP-2025-0009

Lo que dice

El acta del 29 de agosto de 2025 aprueba el informe de evaluación económica y adjudica a THRIVE, SRL el lote del proceso ASDE-CCC-CP-2025-0009 por RD$4,351,111.10 y un plazo de doce meses. Consigna que THRIVE fue el único oferente y que cumplió los criterios de calidad y costo del pliego.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (8 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (3)

A revisarHallazgo en documentosRD$4.4 millones

Un único oferente en el proceso

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El acta registra a THRIVE, SRL como único oferente y le adjudica el lote por RD$4,351,111.10. La concurrencia limitada merece revisión para valorar el alcance de la competencia efectiva; el documento no atribuye una causa.

“RESULTA Que en fecha 05 de agosto 2025 se dio apertura a las ofertas técnicas recibidas de forma presenciar, por ante el Dpto. de Compras y contrataciones del ASDE, dando apertura del licenciado Leonel de León, notario público del número de”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentosRD$4.4 millones

Registro de oferta del portal no refleja el monto adjudicado

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El acta adjudica RD$4,351,111.10 a THRIVE, SRL, mientras que el dato de oferta del portal suministrado registra RD$0 y estado «Cargada / Pendiente». La diferencia debe cotejarse con el expediente electrónico; podría corresponder a un registro incompleto o desactualizado del portal.

“SEGUNDO: ACOGE las recomendaciones de adjudicación propuestas por los peritos designados; en tal sentido, adjudica el LOTE a la compañía THRIVE SRL por un tiempo de doce (12) meses, por un monto de Cuatro millones Trescientos Cincuenta y un”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 31 · Reglamento 416-23, art. 134 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP

Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 134 — Notificación de la adjudicación

Artículo 134. Notificación de la adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financieras, según corresponda, ordenará la notificación del acta de adjudicación, la cual deberá notificarse en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, con los resultados de la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, a todos los participantes y con ello la solicitud de presentación de la garantía de fiel cumplimiento del contrato al adjudicatario. Párrafo. Las instituciones contratantes deberán publicar en el plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, en el SECP y en el portal web de la institución, los resultados de sus procesos de compra o contratación.

A revisarHallazgo en documentos

Aviso de recurso describe directamente una vía jerárquica

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El aviso presenta el recurso jerárquico como vía administrativa a interponer en diez días, sin indicar primero la impugnación ante la entidad contratante. El reglamento establece esa impugnación como primera etapa y el recurso jerárquico como etapa posterior; la formulación del aviso merece revisión por su posible efecto sobre la orientación a los interesados.

“Este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa a través de la interposición de un acto jerárquico en un plazo de 10 días, según establece el numeral 1 del artículo 67 de la ley 34”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 13 · Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 215 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 13 — Actos administrativos

Artículo 13. Actos administrativos. Todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de selección serán formalizadas mediante actos administrativos que deberán estar debidamente motivados. En consecuencia, además de aquellas previstas en el artículo 15 de la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, de manera enunciativa y no limitativa, aplicarán para: 1) La decisión de suspender el procedimiento en alguna etapa o en su globalidad. 2) La respuesta a los recursos o las solicitudes de investigación recibidas. 3) La aplicación de sanciones a los servidores públicos. Párrafo I. Los actos administrativos, y todos los documentos que componen el expediente administrativo, podrán ser firmados…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas

Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…

Oferentes que registra (1)

1 adjudicado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
THRIVE, SRLEl acta indica que cumplió los criterios de calidad y costo exigidos en el pliego; fue el único oferente.AdjudicadoLoteRD$4,351,111

Otros documentos del proceso (12)

  • Certificacion de Fondos_148.pdfCertificación de fondos · 16 jul de 2025
  • Requerimiento_170.pdfSolicitud de compra · 16 jul de 2025
  • ACTA 001.pdfInforme pericial · 16 jul de 2025 · 1 señal
  • ACTA 002.pdfPliego · 16 jul de 2025
  • compromiso-etico-de-las-instituciones-contratantes[2].docxDocumento · 21 jul de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores[1].docxDocumento · 21 jul de 2025
  • Formulario de presentacion oferta F.033[1].docxDocumento · 21 jul de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES SEMAFAROS.docxPliego · 21 jul de 2025
  • SNCC_F034_Presentacion_de_Oferta[1].docxDocumento · 21 jul de 2025
  • SNCC_F036_Equipos_Oferente 1.docxDocumento · 21 jul de 2025
  • PLIEGO DE CONDICIONES SEMAFAROS.docxPliego · 21 jul de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

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Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 215 — Recursos de impugnación

Artículo 215. Recursos de impugnación. Los recursos de impugnación procederán contra todos los actos administrativos que afecten derechos, causen un perjuicio directo a los interesados o pongan fin al procedimiento de contratación pública o una etapa de este. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su impugnación ante la misma institución contratante que dictó el acto impugnado, dentro de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto que contenga el texto íntegro de la respuesta y la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. Párrafo II. Puede impugnar cualquier…

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Informe final del portal
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