La Circular No. 2 responde tres consultas sobre las partidas 6.03, 12.08 y 14.05 del proceso CEIZTUR-CCC-CP-2025-0025. Anuncia enmiendas para retirar la referencia a andamios de la partida 6.03 y precisar que las partidas 12.08 y 14.05 corresponden, respectivamente, a baldosas de granito de exterior y a un enclosed breaker.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Partida 6.03Referencia a andamios en la pintura interior | La descripción de pintura acrílica incluía andamios para 460 m². | Se eliminará la denominación «Incluye andamios»; la partida 6.04 ya abarca los andamios para el mismo metraje. | Aclara |
| Partida 12.08Material para piso | No se precisaba cuál de los materiales mencionados —cerámica, porcelanato o granito gris— correspondía a la partida. | Se especificará que el material es baldosa de granito de exterior. | Aclara |
| Partida 14.05Tipo de equipo eléctrico | No se entendía si la partida correspondía a un panel o a un enclosed breaker. | Se especificará que corresponde a un enclosed breaker. | Aclara |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona