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Abriendo la ficha…

Pliego

ADN-CCC-PEEX-2025-0001-Pliego de Condiciones-Alquiler de Local sector Piantini.pdf

“CONTRATACION SERVICIO DE ALQUILER DE LOCAL COMERCIAL SECTOR PIANTINI · Ayuntamiento del Distrito Nacional (ADN)

Publicado el 29 ago de 2025Fechado el 24 ago de 202519 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ADN-CCC-PEEX-2025-0001

Lo que dice

El pliego, fechado el 25 de agosto de 2025, establece las condiciones para alquilar un local comercial en Piantini por 36 meses, con renta mensual máxima de RD$459,670 durante el primer año e incremento anual de 6%. Fija requisitos de ubicación, superficie, parqueos y distribución del inmueble, además de la evaluación técnica y económica por cumplimiento y menor precio.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Requisitos del inmueble delimitan estrechamente la oferta posible

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El pliego combina un perímetro geográfico preciso con primer nivel, superficie de 350 a 400 m² y al menos 10 parqueos, además de una distribución interior específica. Esa combinación puede reducir el número de inmuebles elegibles y merece contrastarse con las necesidades técnicas y la oferta disponible en el mercado.

“Local ubicado zona céntrica del sector Piantini, D.N. en un perímetro entre las avenidas Gustavo Mejía Ricart y López de Vega y las calles Fantino Falco y Agustín Lara - Extensión territorial en un rango aproximado de 350 mts a 400 mts - Pr”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

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A revisarHallazgo en documentos

La definición de exclusividad remite a una categoría distinta

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El pliego caracteriza la exclusividad mediante una cita sobre obras científicas, técnicas y artísticas, en vez de describir el supuesto de exclusividad previsto en el Reglamento 416-23. La discrepancia entre esa definición y la modalidad elegida puede afectar la claridad de la justificación del procedimiento.

“Procedimiento por Exclusividad: Son considerados casos de excepción y no una violación a la Ley acorde al artículo 3 párrafo 1, numeral 4 del reglamento de aplicación de la Ley Núm. 340-06 “Las obras científicas, técnicas, artísticas o rest”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 54 · Reglamento 416-23, art. 58 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 54 — Procedimiento de excepción por exclusividad

Artículo 54. Procedimiento de excepción por exclusividad. Se utilizará el procedimiento de excepción por exclusividad para obtener bienes o servicios que por su especialidad solo pueden ser suplidos por un número limitado de proveedores que pueden atender al requerimiento, que en ningún caso podrá ser mayor de cinco (5). Los oferentes que poseen la exclusividad deben demostrarlo mediante una acreditación o certificación, en caso de que la hubiere, que puede ser nacional o internacional, emitida por una persona, institución u organismo público o privado con autoridad para hacerlo. Párrafo I. La institución contratante es responsable de garantizar la participación de todos los oferentes…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 58 — Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos

Artículo 58. Procedimiento de excepción para adquisición de obras científicas, técnicas, artísticas o restauración de monumentos históricos. Este procedimiento aplicará para la adquisición de bienes, servicios y obras que puede otorgar una persona física o jurídica, a partir de su tecnicidad y pericia en la materia. A través de esta contratación se seleccionará al proveedor idóneo a partir de condiciones especiales exclusivas de su persona y que son indispensables para la satisfacción del objeto contractual, tales como su conocimiento y experiencia en la prestación del servicio u obra, la confianza y el manejo de información confidencial. Este procedimiento se utilizará para la compra y…

A revisarHallazgo en documentos

La vigencia de la garantía se fija en 36 meses

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige una garantía de fiel cumplimiento con vigencia de 36 meses, igual al plazo previsto para el alquiler, sin indicar que se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato. Conviene verificar que la cobertura no expire antes de quedar extinguidas las obligaciones garantizadas.

“La garantía deberá tener una vigencia de treinta y seis (36) meses”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…

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A revisarHallazgo en documentos

Interpretación de cláusulas imprecisas favorable a la entidad

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que las cláusulas ambiguas se interpreten en el sentido más favorable a la entidad contratante, lo que introduce una regla unilateral de interpretación y puede generar incertidumbre para los participantes sobre el alcance de las condiciones.

“Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria u oscura a criterio de la Entidad Contratante, se interpretará en el sentido más favorable a ésta.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 72 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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A revisarHallazgo en documentos

Facultad de cancelación descrita con alcance abierto

Documento del 29 ago 2025 · hace 1 año

El pliego permite cancelar, declarar desierta o nula la excepción por causas que la entidad considere pertinentes, sin acotar en esa cláusula las circunstancias previstas para la cancelación. La redacción deja amplio margen de decisión y merece verificarse frente a las condiciones reglamentarias aplicables.

“Cancelar, declarar desierta o nula, total o parcialmente la excepción, por las causas que considere pertinentes. En consecuencia, podrá efectuar otros procedimientos en los términos y condiciones que determine.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 137 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 137 — Cancelación de procedimiento

Artículo 137. Cancelación de procedimiento. Antes de la adjudicación, el responsable del procedimiento podrá disponer la cancelación del procedimiento de contratación mediante una resolución debidamente motivada, cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones: 1. Hayan desaparecido las razones de interés público que justificaban la contratación. 2. Se evidencien graves irregularidades en la fase de preparación o pliegos de condiciones que impiden seleccionar objetivamente la propuesta más conveniente. 3. Se evidencien graves irregularidades en la ejecución del procedimiento de contratación que impidan continuarlo. Párrafo. Después de cancelado un procedimiento de contratación, si…

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Otros documentos del proceso (12)

  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-ACTA DE APROBACION DE LA MODALIDAD DE CONTRATACION Y SELECCION DE PERITOS_0001.pdfInforme pericial · 29 ago de 2025
  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-ACTA DE APROBACION DEL PLIEGO E INICIO DEL PROCEDIMIENTO_0001.pdfPliego · 29 ago de 2025
  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-Convocatoria-Alqiiler de Local Sector Piantini (1).pdfDocumento · 29 ago de 2025
  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-INFORME JUSTIFICATIVO_0001.pdfInforme justificativo · 29 ago de 2025 · 1 señal
  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-Solicitud de Compras-Alqiiler de Local Sector Piantini (2)_0001.pdfSolicitud de compra · 29 ago de 2025
  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-SOLICITUD DE INICIO DE PROCEDIMIENTO_0001_0001.pdfPliego · 29 ago de 2025 · 1 señal
  • ADN-CCC-PEEX-2025-0001-ACTA DE APROBACION DEL PLIEGO E INICIO DEL PROCEDIMIENTO_0001.pdfPliego · 29 ago de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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  • Informe final del portalDocumento · —
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