El plazo para aclaraciones vence antes de emitirse la enmienda
· hace 1 año
La enmienda está fechada el 27 de agosto, pero el cronograma revisado conserva el 22 de agosto como fecha límite para presentar aclaraciones y no indica un nuevo período para consultar sobre los cambios. El artículo 107 del Reglamento 416-23 dispone que el cronograma se modifique para permitir nuevamente preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos.
“2. Presentación de aclaraciones | Hasta el 22 de agosto del año 2025 … A los veintisiete días (27) día del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →