Publicado el 25 ago de 2025Fechado el 24 ago de 202520 páginasEn el mensaje «Acto de aprobacion de informe definitivo de evaluacion de ofertas tecnicas e informe definitivo de evaluacion de ofertas tecnicas.»
El acto administrativo núm. MOPC-ADIF-002-2025, de fecha 2025-08-25, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso MOPC-CCC-SI-2025-0006. Habilita a Tokmakjian International, Inc. para la evaluación económica del ítem 1 y declara no habilitados a Serd-Net, S.R.L., Bosquesa, S.R.L. y Forest Lakes, S.R.L.; este acto no adjudica el contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta afirma que Bosquesa no subsanó documentación financiera y legal, aunque la tabla consigna que subsanó correctamente los documentos financieros y registra la documentación legal como N/A. La evaluación también identifica incumplimientos técnicos que sustentan la no habilitación, pero la discrepancia en la motivación final merece revisión por su efecto sobre la trazabilidad de la decisión.
“En fecha 15 de agosto del 2025, el oferente subsanó correctamente, por lo tanto, CUMPLE con lo requerido. | Cumple … El oferente no subsanó la documentación legal, documentación financiera y documentación técnica, solicitada en el informe”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 124 · Reglamento 416-23, art. 125 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 124 — Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 124. Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de subsanación y analizadas las ofertas técnicas, emitirán el correspondiente informe definitivo de evaluación que debe contener todo lo justificativo de su actuación y utilizar los mismos criterios determinados en el pliego de condiciones. Este informe será remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativa y Financiera, según el tipo de procedimiento, para su revisión y aprobación. Párrafo. La decisión será el resultado de la mayoría simple para los criterios de cumple/no cumple y el promedio de las…
Reglamento 416-23, artículo 125 — Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas
Artículo 125. Revisión y aprobación del informe de evaluación de ofertas técnicas. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, revisará y, si procede, aprobará el informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas, mediante un acto administrativo debidamente motivado. El acta indicará los oferentes habilitados y no habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I. En caso de que el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, no apruebe el informe de evaluación técnica por haber identificado que no fueron aplicados los criterios establecidos en el…
La evaluación consigna que la empresa Royauman CO. LTD, vinculada a la oferta de Serd-Net en la debida diligencia, se dedica a enseres del hogar y no a equipos de asfalto o rodillos de mano. Conviene verificar la documentación de fabricante o distribuidor y su relación con el producto ofrecido; el acta, por separado, también registra incumplimientos técnicos para Serd-Net.
“El oferente NO CUMPLE en la debida diligencia se verifico que Royauman CO. LTD no se dedica a la venta de equipos de asfalto, en específico Rodillo de Mano. Sino que la misma se dedica a la venta de enseres del hogar.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Oferentes que registra (4)
3 no habilitado · 1 habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
SERD-NET, S.R.L.El resultado final consigna incumplimientos técnicos no subsanables y también incumplimiento de índices financieros; la tabla de índices del mismo documento registra solvencia de 1.79 y «C».
No habilitado
Ítem 1
—
BOSQUESA, S.R.L.El documento señala que el equipo ofertado no cumple la especificación de cilindrada y registra un peso de operación de 681 kg, inferior al rango exigido de 735–750 kg. La motivación final también atribuye el resultado a documentación legal y financiera no subsanada.
No habilitado
Ítem 1
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FOREST LAKES, S.R.L.El resultado final consigna que no subsanó documentación legal y financiera; en la tabla de evaluación también se registra que no subsanó correctamente las referencias de suministros.
No habilitado
Ítem 1
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TOKMAKJIAN INTERNATIONAL, INCCumplió con la documentación legal, financiera y técnica; habilitado para la apertura de la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona