El informe pericial, fechado el 19 de agosto de 2025, recomienda declarar la excepción por proveedor único a favor de MINTECH, S.R.L. para realizar pruebas metalúrgicas del proceso Altilium Bauxite Process™. Fundamenta la recomendación en una solicitud de patente pendiente de ALTILIUM GROUP, Ltd. y en derechos de representación concedidos a MINTECH; consigna un presupuesto estimado de USD 102,838.00 y afirma que hay certificación presupuestaria y disponibilidad de cuota para comprometer.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe consigna un presupuesto estimado de USD 102,838.00, equivalente aproximadamente a RD$6,174,000 según el monto estimado del portal; el renglón del PACC para el mismo objeto registra RD$98,000. El PACC fue publicado después de la convocatoria, por lo que corresponde verificar si hubo una modificación o si la diferencia refleja una inconsistencia de planificación.
“Siendo la certificación de aprobación presupuestaria un requisito indispensable para elaboración de un procedimiento de excepción, hemos constatado que existe en el expediente administrativo la referida certificación de aprobación presupues”
ART. 38. Las entidades comprendidas en el ámbito de la presente ley están obligadas a elaborar planes y programas anuales de contratación de bienes y servicios, de acuerdo con las normas y metodologías que al respecto dicte el Órgano Rector. Los planes y programas anuales se elaborarán con base en las políticas que dicte la Secretaría de Estado de Finanzas o, en el caso que corresponda, por el Consejo Directivo de las instituciones o por la Sala Capitular de los Ayuntamientos. Estos serán consistentes con las apropiaciones presupuestarias aprobadas para cada ejercicio. Asimismo, los planes y programas servirán de base para la programación periódica de la ejecución del presupuesto. PÁRRAFO…
Reglamento 416-23, artículo 63 — El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC)
Artículo 63. El Plan Anual de Compras y Contrataciones (PACC). Es el documento elaborado por el área de planificación y desarrollo de los entes y órganos sujetos a la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones, con el apoyo de la Unidad Operativa de Compras y Contrataciones, de acuerdo con las políticas, normas y metodologías establecidas por la Dirección General de Contrataciones Públicas. El PACC debe ser formulado con base al presupuesto aprobado para cada institución, conforme a las actividades plasmadas en su Plan Operativo Anual (POA), y debe describir las obras a ejecutarse, los bienes a adquirirse y los servicios a contratarse durante el ejercicio presupuestario correspondiente,…
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
El informe indica que MINTECH está autorizada para representar a ALTILIUM GROUP en promoción y venta, pero recomienda a esa empresa para ejecutar las pruebas metalúrgicas. Conviene verificar que la autorización cubra también la prestación técnica contratada y que el carácter de proveedor único se sustente para ese servicio concreto.
“Para este caso, la empresa dueña de la solicitud de patente ALTILIUM GROUP, Ltd., ha concedido derechos a la empresa MINTECH, S.R.L. para representarla en asuntos de promoción y venta de su producto.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 57 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 57 — Procedimiento de excepción por proveedor único
Artículo 57. Procedimiento de excepción por proveedor único. Se utilizará este procedimiento para obtener bienes o servicios insustituibles, que solo pueden ser suministrados por una persona natural o jurídica, que es la única opción en el mercado o que posee la titularidad o derecho del objeto contractual. Este procedimiento aplica para entregas adicionales del proveedor original que serán utilizadas como repuestos, ampliaciones o servicios continuos para equipos existentes, programas de cómputos, servicios o instalaciones. Cuando el cambio de un proveedor obligue a la institución contratante a adquirir bienes o servicios que no sean compatibles con equipos, programas de cómputos,…
MINTECH, S.R.L.Los peritos recomiendan declararla proveedor único; el informe indica que ALTILIUM GROUP, Ltd. le concedió derechos para representarla en promoción y venta de su producto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona