El Acta núm. 0156-2025, de 20 de agosto de 2025, aprueba la primera enmienda al proceso de subasta inversa MIP-CCC-SI-2025-0014. Fija la vigencia de las ofertas hasta la suscripción del contrato, prevista para el 13 de octubre de 2025, y reduce la vigencia contractual de nueve a seis meses; además, ordena publicar la enmienda y el acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Numeral 11.2, Contenido de la Oferta EconómicaVigencia de las ofertas | Las ofertas debían estar vigentes por dos meses. | Las ofertas deben estar vigentes hasta la suscripción del contrato, prevista para el 13/10/2025. | Aclara |
| Sección III, Disposiciones generales para el contrato, numeral 4Vigencia del contrato | La vigencia contractual era de nueve meses desde la suscripción, hasta el cumplimiento y liquidación. | La vigencia contractual será de seis meses desde la suscripción, hasta el cumplimiento y liquidación, conforme al cronograma de entregas. | Endurece |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona