El Acta núm. 0112, de 2025-08-13, aprueba el informe final de evaluación económica y adjudica a Isla Dominicana de Petróleo Corporation la compra de tickets por RD$78,625,000. El acta indica un descuento de 7.5%, equivalente a RD$6,375,000, y ordena constituir la garantía de fiel cumplimiento y emitir el Certificado de Disponibilidad de Cuota para Comprometer.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta asigna RD$31,450,000 a gasolina y RD$47,175,000 a gasoil, mientras el pliego, según el resumen del expediente, asignaba RD$51,000,000 a gasolina y RD$34,000,000 a gasoil. Los montos adjudicados parecen corresponder, tras el descuento del 7.5%, a las asignaciones del combustible opuesto; verificar si se transpusieron las descripciones o los importes y cuál será el alcance contractual de cada ítem.
““Tickets de gasolina para el suministro de combustible (Gasolina) … ascendientes a la suma de (RD$31,450,000.00)” … “Tickets de gasoil para el suministro de combustible (Gasoil) … ascendientes a la suma de (RD$47,175,000.00)””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 143 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 143 — Apertura y evaluación de oferta económica inicial
Artículo 143. Apertura y evaluación de oferta económica inicial. El Comité de Compras y Contrataciones abrirá las ofertas económicas iniciales, las que serán evaluadas por los peritos designados, conforme con el pliego de condiciones del procedimiento, verificando que las ofertas económicas iniciales presentadas por los oferentes sean menores al presupuesto referencial de cada artículo del procedimiento. Párrafo. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones habilitará y notificará a los oferentes que hayan superado la etapa de evaluación de la oferta económica inicial y, automáticamente, el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) definirá el valor inicial de la puja o…
El acta establece una vigencia de doce meses desde la suscripción del contrato, mientras el reglamento prevé que la garantía de fiel cumplimiento permanezca vigente hasta la liquidación. Si la liquidación se produce después de esos doce meses, podría existir un período sin cobertura; verificar la duración contractual y la garantía emitida.
““con duración de doce (12) meses contados a partir de la suscripción del contrato””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
El acta registra una apropiación presupuestaria de RD$2,125,000 y adjudica RD$78,625,000; después ordena emitir el Certificado de Disponibilidad de Cuota para Comprometer. Aunque ese certificado puede corresponder a una fase posterior y podrían existir otras autorizaciones, conviene verificar que hubiera cobertura presupuestaria suficiente para la adjudicación.
““por el monto total de Dos Millones Ciento Veinticinco Mil Pesos Dominicanos con 00/100 (RD$2,125,000.00)” … “ORDENAR a la Dirección Financiera a emitir el Certificado de Disponibilidad de Cuota para Comprometer del presente procedimiento””
Posible explicación normal: la ley o el reglamento podría permitirlo.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Según el historial facilitado, Isla Dominicana de Petróleo Corporation había obtenido seis contratos de esta institución por RD$148,500,448 en los 24 meses previos. El acta le adjudica este nuevo contrato de RD$78,625,000; la concentración acumulada es un dato para revisar junto con los demás procesos, sin que por sí sola establezca una irregularidad.
““a los siguientes oferentes como sigue: ISLA DOMINICANA DE PETRÓLEO CORPORATION” … “MONTO TOTAL ADJUDICADO: RD$78,625,000.00””
El acta exige presentar la garantía de fiel cumplimiento en cinco días calendario, mientras el reglamento establece cinco días hábiles. La reducción del plazo puede afectar el tiempo disponible para que el adjudicatario constituya la garantía; conviene verificar cómo se aplicó al notificarse la adjudicación.
““los cinco (5) días calendarios, contados a partir de la notificación de la adjudicación””
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 200 · Reglamento 416-23, art. 250 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 200 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 200. Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario deberá constituir y presentar ante el ente u órgano contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. Para licitaciones internacionales o cuando sea un adjudicatario extranjero, el plazo será de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no es formalizada la garantía correspondiente, no podrá generarse la orden de compra o suscripción del contrato y la institución contratante podrá ejecutar la garantía de mantenimiento o seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
Reglamento 416-23, artículo 250 — Régimen de los plazos
Artículo 250. Régimen de los plazos. Los plazos establecidos en este reglamento se contarán siempre a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación o notificación, según corresponda. Siempre que en la ley o en este reglamento no se exprese de otro modo, los plazos señalados en días se entenderán como días hábiles y, para su cómputo, se excluirán los sábados, domingos y feriados. Cuando se indique que se trata de días calendario, los sábados, domingos y feriados se incluirán en el cómputo del plazo. En todos los casos, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil subsiguiente.
Eco Petróleo Dominicana S.A.El acta registra que solo la oferta económica del oferente habilitado fue leída y consigna únicamente la oferta de Isla; no especifica el motivo individual de la no habilitación.
No habilitado
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Sigma Petroleum Corp. S.A.S.El acta registra que solo la oferta económica del oferente habilitado fue leída y consigna únicamente la oferta de Isla; no especifica el motivo individual de la no habilitación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona