El pliego establece la adquisición de tickets de combustible en dos ítems: RD$34,000,000 para gasoil y RD$51,000,000 para gasolina, con presupuesto base total de RD$85,000,000 y subasta inversa electrónica. Exige una red mínima de estaciones por región y consigna que al inicio solo se apropiaría el 2.5% del monto estimado, dejando el restante para la emisión de la cuota de compromiso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija una apropiación inicial de RD$2,125,000, equivalente al 2.5% de los RD$85,000,000 estimados, y deja el restante para la emisión de la cuota de compromiso. Es un dato concreto del pliego sobre la disponibilidad presupuestaria prevista para iniciar el proceso; debe contrastarse con la certificación presupuestaria y el momento en que se obtuvo.
“El proceso será lanzado con una apropiación presupuestaria del 2.5% de monto total estimado del proceso. Esto acogiéndose a lo establecido en la circular conjunta DIGREPRES-DGCP del once (11) de octubre del dos mil veinte cuatro (2024). El ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El pliego exige estaciones en cuatro regiones: 15 en Gran Santo Domingo, 9 en el Norte, 7 en el Este y 6 o más en el Sur. Aunque el uso nacional del combustible ofrece una posible justificación operativa, este umbral de cobertura puede limitar la participación de proveedores con redes más pequeñas o menos extendidas y amerita verificar su proporcionalidad con la necesidad y el mercado.
“Relación de las estaciones de servicios de expendio de combustible que posee la marca de la compañía, sean propias o asociadas (debe incluirse nombre, dirección, teléfono, propietario) en las que los tickets podrán ser utilizados. Gran Sant”
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego evalúa las ofertas económicas iniciales por el mayor descuento en porcentaje y define en su glosario el precio de arranque como el menor precio de las ofertas habilitadas, pero en la sección de la puja indica que el arranque será el menor porcentaje de descuento. En este proceso solo un oferente resultó habilitado y no se ejecutó puja, por lo que no se demuestra efecto en el resultado; la discrepancia de redacción conviene aclararla.
“El mayor descuento en porcentaje, por tanto, la de menor precio. Siempre que cumplan con todo lo solicitado para la evaluación del sobre A … El precio de arranque de la subasta será el menor porcentaje de descuento ofrecidos por los”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación
Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…