Verificar suficiencia de la apropiación presupuestaria de 2025
· hace 1 año
El acta prevé una certificación equivalente al 20% del monto estimado, es decir, RD$39,800,000. El artículo 69 del Reglamento 416-23 exige saldo suficiente para cubrir lo que se pagará durante el año; como el acta no precisa el calendario de pagos de 2025, conviene comprobar si esa previsión cubre los desembolsos previstos para ese ejercicio.
“Este proceso poseerá una previsión del Certificado de Apropiación Presupuestaria correspondiente al 20% del valor del proyecto, cuyo certificado será emitido al momento de publicar el presente proceso.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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