El acta OGTIC-CCC-2025-09, de 2025-08-20, ordena enmendar el pliego de la licitación OGTIC-CCC-LPN-2025-0001 conforme a observaciones de monitoreo de la DGCP sobre seis materias y acoge las respuestas de la Circular núm. 001. Entre las precisiones adoptadas figuran la configuración de aforo, la fecha esperada del cóctel y los elementos que debe proponer el oferente. Ante una objeción sobre el requisito de solvencia equivalente al 40 % de la oferta, el área requirente confirmó que forma parte de la documentación financiera requerida.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que un oferente cuestionó el requisito de acreditar disponibilidad bancaria o línea de crédito equivalente al 40 % de lo ofertado y alegó que podía ser una barrera desproporcionada. La respuesta confirma que el documento forma parte de la solvencia exigida, sin indicar una alternativa; conviene revisar la proporcionalidad de ese umbral respecto del objeto y del presupuesto del proceso.
“Como bien explica el oferente, la intención de asegurar la solvencia del oferente para enfrentar un proceso de esta magnitud y es parte integral de la documentación financiera que sustenta la oferta.”
ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Leonaldo Hernández Castillo aparece como «Director Interino» y miembro en la identificación inicial, pero la firma lo denomina «Director interino (Asesor Legal)». La diferencia merece verificarse frente a la conformación y representación efectiva del Comité en esta decisión.
“señor Leonaldo Hernández Castillo, Director Interino; … LEONALDO HERNANDEZ CASTILLO Director interino (Asesor Legal)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
Oferentes que registra (2)
2 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Oferente 1Interesado que formuló consultas y observaciones; el acta no lo identifica por razón social ni consigna una oferta económica.
Mencionado
—
—
Oferente 2Interesado que formuló una consulta sobre la propuesta de diseño y el espacio físico; el acta no lo identifica por razón social ni consigna una oferta económica.
Mencionado
—
—
Cambios que introduce (6)
Sección
Antes
Después
Efecto
Enmienda del pliego conforme al monitoreo de la DGCPTiempo de ejecución, soporte digital, subsanabilidad, vigencia de oferta y garantía, puntaje técnico y criterio de adjudicación
El acta identifica esos seis aspectos del pliego como objeto de observaciones de la DGCP, sin reproducir las reglas vigentes específicas.
El Comité ordena modificar el pliego conforme al informe de monitoreo, pero el acta no transcribe el texto resultante de cada modificación.
Aclara
Aclaraciones sobre el aforoDistribución de asistentes
La consulta señala una discrepancia entre una disposición de 200 personas sentadas y 600 de pie y una referencia a 800 personas en disposición tipo teatro.
Se precisa que serán 200 personas sentadas tipo teatro y 600 de pie.
Aclara
Aclaraciones sobre el Árbol de IdeasAplicativo de inteligencia artificial
La consulta pregunta si el oferente debía desarrollar el aplicativo de IA o si lo suministraría la institución.
Se aclara que el aplicativo será entregado por la OGTIC al suplidor.
Relaja
Aclaraciones sobre el cóctel de bienvenidaFecha del evento
La consulta refiere que el pliego indicaba el 6 de octubre.
Se precisa que la fecha esperada es el 18 de noviembre de 2025, día 1 del evento.
Aclara
Aclaraciones sobre la propuesta técnicaDiseño de las experiencias
La consulta pregunta si era obligatorio presentar renders.
Se acepta una propuesta conceptual fundamentada por escrito, acompañada de esquemas y referencias visuales.
Relaja
Aclaraciones sobre el venueIdentificación del espacio físico
La consulta indica que el pliego responsabilizaba al oferente ganador de reservar el venue.
Se aclara que cada oferente debe identificar y proponer un espacio viable, accesible y adecuado, y que la definición del espacio será valorada como componente estratégico.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona