Aviso recursivo presenta vías y cómputo de plazos ambiguos
· hace 1 año
El acto presenta el recurso jerárquico como alternativa directa a la impugnación y señala que ambos plazos corren desde el día siguiente a la publicación. Los artículos 214 y 218 del Reglamento describen el recurso jerárquico contra la decisión de la impugnación o el silencio administrativo, con un cómputo vinculado a esos supuestos; conviene verificar que el aviso no induzca a error sobre la vía o el plazo aplicable.
“«puede ser recurrido en sede administrativa mediante un recurso de impugnación o a través de la interposición de formal recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), en el plazo de 10 días» … «Ambos plazos ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 214 · Reglamento 416-23, art. 218 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 214 — Vías recursivas
Artículo 214. Vías recursivas. Las vías recursivas en sede administrativa son los procedimientos permitidos por la ley y el presente reglamento, que tienen por objeto la impugnación de los actos administrativos ante la propia institución contratante o ante la Dirección General de Contrataciones Públicas como órgano rector, con el fin de ejercitar un derecho afectado por las partes que resulten perjudicadas y que buscan obtener la modificación o revocación del referido acto administrativo. Párrafo. En la materia, el proceso recursivo se divide en dos instancias o etapas: 1) La primera etapa que se debe agotar es el recurso de impugnación ante la propia institución contratante. 2) De no estar…
Reglamento 416-23, artículo 218 — Recurso jerárquico o de apelación
Artículo 218. Recurso jerárquico o de apelación. El recurso jerárquico procederá contra los actos administrativos emitidos por las instituciones contratantes como resultado del recurso de impugnación, o como consecuencia del silencio administrativo, si la institución contratante no ha contestado la impugnación, deberá interponerse ante la Dirección General de Contrataciones Públicas. Párrafo I. El recurrente deberá interponer su recurso jerárquico ante la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de los diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del acto íntegro que resuelve la impugnación y establece la indicación de las vías y plazos para recurrirla o de la…
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