Verificar que la autorización cubra el objeto y monto del proceso
· hace 1 año
La autorización de enero se refiere a reparaciones y mantenimiento de obras menores en la sede central y oficinas provinciales, mientras que el proceso convocado en agosto comprende readecuación y construcción, con un monto estimado distinto: RD$34,659,774.74 frente a los RD$38,800,000.00 solicitados. Conviene verificar que esta autorización y la disponibilidad presupuestaria amparen específicamente el objeto y monto del proceso posterior; el documento no establece por sí solo que exista una incompatibilidad.
“por medio de la presente, tenemos a bien autorizar la contratación de servicios para las reparaciones y los mantenimientos de obras menores en la sede central de ese ministerio y sus oficinas provinciales … Para poder llevar a cabo las”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos
Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
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