Enmienda de pago emitida un día antes de la presentación
· hace 1 año
El registro consigna que la enmienda se emitió el 18/08/25; según el cronograma del proceso, las ofertas se presentaban el 19/08/2025. El artículo 107 del Reglamento 416-23 limita las adendas al 75 % del plazo previsto y exige ajustar el cronograma si se introducen cambios, por lo que conviene verificar la fecha efectiva de publicación y si se habilitó tiempo para consultas y ajustes de ofertas.
“18/08/25 | Numeral 9, página 32 | Condiciones de pago y retenciones | Se modifica las condiciones de pagos para detallar que el item 1 Tarjeta recargable será pagado de manera mensual y los ítems 2 Tickets de RD$200.00, 3 Tickets de RD$500.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →