La Enmienda No. 1 del proceso DGIMFFAA-CCC-SI-2025-0006 aclara y modifica condiciones del contrato, los plazos de entrega, vigencia de la oferta, garantía de fiel cumplimiento y pagos. También incorpora al pliego un requisito de experiencia mínima de 15 años, acreditable mediante certificaciones o contratos; el texto no consigna fecha de emisión ni número de acta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda agrega una experiencia mínima de 15 años y evidencia no subsanable. Por su duración y rigidez, el requisito merece revisión para verificar su proporcionalidad con el objeto y el valor de la contratación; el reglamento exige que las credenciales sean proporcionales al valor y complejidad del objeto.
“Resumen de Experiencia de la empresa en el suministro del bien ofertado (Experiencia de 15 años mínimo) (SNCC.D.049). Esta experiencia deberá ser acreditada a través de cuatro (4) certificaciones como mínimas emitidas por las entidades en l”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Modelo de contratoDisponibilidad del modelo contractual
El modelo de contrato no se identificaba como anexo disponible en el apartado indicado.
Se dispone anexarlo al proceso en el apartado de documentación, junto con la enmienda.
Aclara
Tiempo de entregaPlazo para el anticipo y entrega de los bienes
El plazo de entrega indicado en el pliego era de 10 días, según el antecedente del proceso.
El anticipo se pagará en 10 días hábiles desde la certificación del contrato y la entrega se realizará en 15 días hábiles desde esa certificación.
Relaja
Numeral 7, página 8Intervalo entre el cierre de enmiendas y la presentación de ofertas
El intervalo previo entre la fecha límite para emitir enmiendas y circulares y la presentación de ofertas no se detalla en esta enmienda.
Se fija del 20/08/2025 a las 13:30 al 22/08/2025 a las 13:30; la enmienda lo describe como una extensión de un día.
Relaja
Numeral 7, página 9Plazo para constituir la garantía de fiel cumplimiento
La fecha anterior se califica como errónea, pero no se reproduce en el documento.
Se establece el período del 6 al 12 de septiembre de 2025 para constituir la garantía.
Aclara
Plazo de mantenimiento de ofertaVigencia de la oferta
El plazo anterior de vigencia no se reproduce en la enmienda.
La oferta deberá mantenerse vigente hasta la fecha prevista para suscribir el contrato: 3 de septiembre de 2025.
Aclara
Plazo de pagoRequisitos documentales para pagos posteriores al anticipo
La condición previa de pago no se detalla en esta enmienda.
Los pagos posteriores al anticipo del 20% se efectuarán contra entrega, dentro de 30 días desde la presentación de factura y conduce, sujetos a los requisitos de emisión, descripción y constancia de recepción conforme.
Endurece
Punto 11.1.2 del pliegoExperiencia de la empresa
No consta en esta enmienda un requisito previo de antigüedad mínima.
Se exige experiencia mínima de 15 años en el suministro del bien, acreditada con al menos cuatro certificaciones o tres contratos iguales o similares; las informaciones y certificaciones no son subsanables.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona