La Enmienda I, fechada el 13 de agosto de 2025, modifica el pliego del proceso INEFI-CCC-CP-2025-0042: fija un plazo de entrega de hasta siete días desde la certificación del contrato, hace opcional la copia digital y actualiza documentos técnicos y criterios de desempate. La convocatoria fue publicada el 7 de agosto de 2025; según el cronograma aportado, las ofertas debían recibirse el 15 de agosto.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La enmienda del 13 de agosto establece requisitos técnicos que debían integrarse a las ofertas, mientras que el cronograma aportado fija la recepción para el 15 de agosto. El artículo 107 del Reglamento 416-23 dispone que, cuando una enmienda introduce nuevos requerimientos, se extienda el plazo de manera proporcional a su complejidad; corresponde verificar si se ajustó el cronograma.
“III. Sobre la documentación técnica: Se modifica el numeral 10.1.2 de la página 10 del pliego de condiciones, para que en lo adelante indique lo siguiente: 1. Oferta Técnica (conforme a las especificaciones técnicas suministradas y las imág”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
I. Tiempo para la entrega de los bienesPlazo de entrega
El plazo anterior no está reproducido en la enmienda.
Entrega total en un plazo máximo de siete días desde la emisión de la certificación del contrato por la Contraloría General.
Aclara
II. Presentación de documentosCopia en soporte digital
La enmienda identifica el requisito anterior como presentación obligatoria en soporte digital.
La copia digital en USB pasa a ser enteramente opcional; se mantienen el original y dos fotocopias simples firmadas.
Relaja
III. Documentación técnicaRequisitos de la oferta técnica
El texto anterior del numeral 10.1.2 no está reproducido en la enmienda.
Se detallan oferta técnica con imágenes reales, plan de entrega y experiencia mínima de un año con catálogo de servicios; los tres requisitos se declaran no subsanables.
Neutral
IV. Criterio de desempateDesempate entre ofertas
El criterio anterior del numeral 8 no está reproducido en la enmienda.
Se prioriza un plan empresarial ambiental o el compromiso de subcontratar una MIPYME o sector priorizado; si ninguna oferta los acredita, se realizará sorteo público ante notario.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona