Monto adjudicado en el acta difiere del monto del portal
· hace 1 año
El acta adjudica y califica como total general de la oferta RD$129,829.50, mientras que el portal registra un contrato con Arteluz por RD$5,600,000 y la notificación de adjudicación reseñada también consigna RD$5,600,000. La diferencia requiere verificar si el acta refleja un monto parcial o de un evento de referencia, o si existe una discrepancia en el monto formalmente adjudicado.
“ADJUDICAR, como al efecto ADJUDICA el proceso para los "SERVICIOS DE MONTAJE DE EVENTOS A UTILIZARSE EN LAS DISTINTAS ACTIVIDADES INSTITUCIONALES", a la compañía ARTELUZ, S.R.L., por un monto de CIENTO VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTINUEV”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 15 · Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 15
ART. 15. Las actuaciones que se listan a continuación deberán formalizarse mediante un acto administrativo: 1) La convocatoria y determinación del procedimiento de selección; 2) La aprobación de los pliegos de condiciones; 3) La calicación de proponentes en los procesos en dos etapas en los aspectos de idoneidad, solvencia, capacidad y experiencia; 4) Los resultados de análisis y evaluación de propuestas económicas; 5) La adjudicación; 6) La resolución de dejar sin efecto o anular el proceso en alguna etapa del procedimiento o en su globalidad, así como de declarar desierto o fallido el proceso; 7) La aplicación de sanciones a los oferentes o contratistas; 8) Los resultados de los actos…
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…