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Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO DE CONDICIONES CP-0002 (2).pdf

SERVICIOS DE ADECUACIÓN DEL SALON PROFESOR JUAN BOSCH DE LA SEDE CENTRAL, BAÑOS DEL SALÓN PROFESOR JUAN BOSCH Y BAÑOS 2DO NIVEL, PASILLOS 1ER Y 2DO NIVEL FRENTE A LOS BAÑOS. DIRIGIDO A MIPYMES · Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo

Publicado el 8 ago de 202553 páginasEn el mensaje «Pliego de condiciones, Fichas tecnicas y convocatoria»

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso IDECOOP-CCC-CP-2025-0002

Lo que dice

El pliego establece una comparación de precios dirigida a MIPYMES para servicios de adecuación, divididos en cinco ítems, con presupuestos base que suman RD$5,149,700.65 y un plazo de ejecución de hasta 30 días calendario. Fija el menor precio por ítem como criterio de adjudicación y establece requisitos de participación, experiencia, personal y equipos. La convocatoria fue publicada el 8 de agosto de 2025 y el plazo de recepción indicado es el 18 de agosto de 2025.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$5.1 millones

Requisitos de experiencia y personal que ameritan revisión de proporcionalidad

Documento del 8 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige, entre otros elementos, tres certificaciones de experiencia, experiencia en proyectos certificados y personal clave con maestría en gestión de proyectos o áreas afines. Dado que el presupuesto total es RD$5,149,700.65 y el procedimiento está dirigido a MIPYMES, conviene verificar que la combinación de exigencias sea proporcional al alcance y al valor de los trabajos.

“Minimo dos (2) proyectos de obras certificadas 2) Tres certificaciones de experiencia emitida per una institucion pfiblica o privada.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Visita obligatoria con exclusión por no asistir

Documento del 8 ago 2025 · hace 1 año

El pliego exige una visita de inspección y establece que no familiarizarse con las condiciones de ejecución será causa de descalificación. Aunque la visita puede ayudar a conocer el lugar de los trabajos, la exclusión automática merece revisión por su efecto sobre la participación.

“Los eferentes deben realizar una visita de inspeccion al lugar dende se realizara la ejecucion de la obra, de manera que ebtengan per si mismes y bajo su responsabilidad y riesge, toda la infermacion que pueda ser necesaria para preparar”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Expresión de interés previa como condición de admisión

Documento del 8 ago 2025 · hace 1 año

El pliego dispone que quienes no presenten manifestación de interés dentro del plazo no serán admitidos, aunque se trata de una comparación de precios convocada públicamente. La condición puede restringir la participación de interesados que conozcan la convocatoria pero no se hayan registrado previamente.

“Les eferentes que no hallan presentade manifestacion de interés en el plaze establecide en el cronograma no seran admitidos come oferentes en este proceso.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 91 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Reglamento 416-23, artículo 91 — Publicidad de la convocatoria

Artículo 91. Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en los procedimientos de selección ordinarios y de excepción deberá generarse a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y del portal web de la institución contratante. Conjuntamente con la convocatoria, deberán hacerse disponibles los pliegos de condiciones a través de los medios indicados.

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A revisarHallazgo en documentos

Marca específica en la cerámica requerida

Documento del 8 ago 2025 · hace 1 año

Para revestimientos de pared del ítem 2 se identifica la cerámica “VETAS HD ALEXANDRA” sin que el texto transcrito incluya una alternativa equivalente. Conviene verificar si existen productos de otros fabricantes que puedan satisfacer la especificación y competir en igualdad de condiciones.

“4.01 Suministro y colocacion de ceramica en pared _(O.30m x0.60m) VETAS HD ALEXANDRA”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Metodología técnica descrita de dos maneras

Documento del 8 ago 2025 · hace 1 año

El pliego presenta la evaluación técnica primero como basada en puntaje y luego indica que la metodología es cumple/no cumple. La discrepancia puede afectar cómo se habilitan las ofertas, por lo que conviene verificar cuál metodología y qué escala se aplicaron efectivamente.

“Documentacion técnica I Puntaje ... Metodologia "Cumple/ No cumple"”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

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ContextoHallazgo en documentosRD$1 millones

Verificar condición MIPYME histórica de un adjudicatario

Documento del 8 ago 2025 · hace 1 año

El pliego dirige el procedimiento a MIPYMES y solicita certificación vigente; según el resumen del acta de adjudicación, Procidom resultó adjudicataria. El registro consultado el 2026-09-28 la muestra actualmente como no MIPYME, pero ese dato posterior no permite concluir cuál era su condición al ofertar; corresponde verificar la certificación vigente en la fecha del proceso.

“12) Cerfificacién MIPYMES (vigente”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 159 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 159 — Participación

Artículo 159. Participación. En los procedimientos dirigidos MIPYMES solamente podrán participar aquellas que se encuentren certificadas como MIPYMES por el Ministerio de Industria y Comercio y por el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial (PROINDUSTRIA) e inscritas bajo tal condición en el Registro de Proveedores del Estado. Párrafo I. Las MIPYMES en general, MIPYMES mujeres y MIPYMES industriales, además de participar en los procedimientos dirigidos exclusivamente a éstas, podrán a su vez presentar ofertas en los demás procedimientos de selección previstos en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones y el presente reglamento, para ampliar sus oportunidades de participación y…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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