La Circular No. 001-SI-0002-2025, de 2025-08-06, responde observaciones al pliego del proceso CONADIS-CCC-SI-2025-0002 y comunica cambios que se incorporan mediante una enmienda. Entre ellos, hace opcional la bolsa de aire, admite Euro II o superior, amplía los rangos del motor desde 3.0 CC y 105 HP, y reduce de diez a dos años la presencia mínima de la marca en el país.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina la exigencia obligatoria de un elemento de seguridad del vehículo.; Se reducen los mínimos técnicos de cilindrada y potencia, que servían para verificar la capacidad del vehículo.; Se debilita el control basado en la trayectoria de presencia de la marca en el país..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
XXXXXXXXXX SRLSolicitó reducir a dos años el período mínimo de presencia ininterrumpida de la marca en República Dominicana; la circular indica que la sugerencia fue aceptada y remitida a una enmienda.
Mencionado
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Cambios que introduce (4)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones técnicas del vehículo de cargaBolsa de aire
La bolsa de aire era solicitada como requisito.
La bolsa de aire pasa a ser opcional, según el resultado indicado en la enmienda anexa.
RelajaQuita un control: Se elimina la exigencia obligatoria de un elemento de seguridad del vehículo.
Especificaciones técnicas del vehículo de cargaSistema de emisiones
La circular identifica el requisito original como Euro II.
Se acepta Euro II o superior, incluyendo Euro III y Euro IV.
Relaja
Especificaciones técnicas del vehículo de cargaRangos de motor
La circular no cuantifica los rangos originales del pliego.
Se amplían los rangos desde 3.0 CC y desde 105 HP en adelante.
RelajaQuita un control: Se reducen los mínimos técnicos de cilindrada y potencia, que servían para verificar la capacidad del vehículo.
Documentación técnicaPresencia de la marca en el país
Se requería acreditar un mínimo de diez años de presencia de la marca en el país.
El período mínimo se reduce a dos años.
RelajaQuita un control: Se debilita el control basado en la trayectoria de presencia de la marca en el país.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona