La primera circular de enmienda, formalizada el 4 de agosto de 2025 para el proceso INAIPI-CCC-SI-2025-0021, modifica el plazo de vigencia de las ofertas económicas y las condiciones de la garantía de fiel cumplimiento. Fija la vigencia de las ofertas del 8 de agosto al 1 de octubre de 2025 y establece garantías de 4 % —o 1 % para adjudicatarios certificados como MIPYME—, con plazos de presentación de cinco días hábiles o diez para adjudicatarios extranjeros.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La referencia a 12 meses podría limitar la cobertura antes de la liquidación si esta se prolonga; el artículo 202 del Reglamento 416-23 dispone que la garantía se mantenga vigente hasta la liquidación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Acápite 16.C, Contenido de la Oferta EconómicaVigencia de la oferta económica final y prórroga
Redacción anterior del acápite no reproducida en esta adenda.
Las ofertas deben estar vigentes del 8 de agosto al 1 de octubre de 2025. Se puede solicitar prórroga antes del vencimiento; quien no la consienta se considera que retiró su oferta y quien la consienta no puede modificarla.
Aclara
Acápite 27, Garantías del fiel cumplimiento de contratoMonto, tipo y plazo para presentar la garantía
Redacción anterior del acápite no reproducida en esta adenda.
Establece garantía de 4 % del monto adjudicado, o 1 % para adjudicatarios certificados como MIPYME, a presentar en cinco días hábiles; para adjudicatarios extranjeros, diez días. Para MIPYMES solo exige fianza de seguro.
Aclara
Acápite 27, Garantías del fiel cumplimiento de contratoVigencia de la garantía
Redacción anterior del acápite no reproducida en esta adenda.
La adenda fija una vigencia de 12 meses desde su constitución y añade que será hasta el fiel cumplimiento y la liquidación del contrato.
RelajaQuita un control: La referencia a 12 meses podría limitar la cobertura antes de la liquidación si esta se prolonga; el artículo 202 del Reglamento 416-23 dispone que la garantía se mantenga vigente hasta la liquidación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona