El pliego establece una comparación de precios para dos lotes de obras, con presupuesto base total de RD$9,309,000: RD$4,410,000 para el lote 1 y RD$4,899,000 para el lote 2. Fija la recepción de ofertas para el 20 de agosto de 2025 y la adjudicación prevista para el 29 de septiembre de 2025; dispone, como regla, un máximo de un lote por oferente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Para lotes presupuestados en RD$4,410,000 y RD$4,899,000, el pliego acumula una línea de crédito mínima del 20% del valor a contratar, experiencia en al menos dos contratos similares y experiencia y antigüedad profesional mínimas para el director y el residente. La combinación puede reducir la participación y merece revisión de proporcionalidad respecto de cada lote.
“Certificados de poseer disponibilidad de crédito comercial emitida para este procedimiento en particular (relacionadas al sector construcción) y/o líneas de crédito de instituciones bancarias establecidas en la Republica Dominicana por un m”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El cronograma cierra las consultas el 8 de agosto, cuatro días hábiles después de la convocatoria del 4 de agosto y antes de la mitad del período hasta la recepción de ofertas del 20 de agosto. El artículo 105 permite formular consultas hasta la fecha que coincida con el 50% de ese plazo, por lo que el cierre indicado reduce el período disponible para pedir aclaraciones.
“Período para realizar consultas y/o aclaraciones por parte de los(as) interesados(as) | Hasta el viernes 08 de agosto del 2025 a las 2.00 de la tarde | … Recepción de las ofertas "Sobre A" (oferta técnica) y "Sobre B" (oferta económica) | 2”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 105 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 105 — Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta
Artículo 105. Solicitud de aclaraciones y circulares de respuesta. Los interesados podrán solicitar a la institución contratante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, de las especificaciones, fichas técnicas y los términos de referencia, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50 %) del plazo para presentación de ofertas. La institución deberá dar respuesta a tales solicitudes a más tardar en la fecha que represente el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de propuestas.
Una sección contempla el posible rechazo por ofertas superiores o inferiores en más de 10% al presupuesto; otra menciona solo las inferiores en más de 10%. Esta diferencia deja incierto qué umbral de precio se aplicaría y puede incidir en la evaluación y el rechazo de ofertas.
“Si el precio de la oferta es inferior en más de un 10% en relación al presupuesto base o valor referencial del lote o ítem, o del presupuesto general si es un único lote, se considerará no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 130 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia
Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.
Reglamento 416-23, artículo 130 — Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias
Artículo 130. Descalificación de ofertas económicamente no sustentables o temerarias. Podrá ser descalificada una oferta si en la etapa de evaluación económica la institución determina que el precio ofertado resulta no sustentable o temerario, por ser anormalmente bajo para cumplir con el objeto de la contratación. En estos casos, previo a decidir la descalificación, el responsable de la organización, gestión y ejecución del procedimiento de contratación deberá agotar previamente las siguientes actuaciones: 1. Solicitar por escrito al oferente que describa con mayor detalle todo elemento económico de su oferta que suscite dudas acerca de su aptitud para cumplir el contrato. 2. Los peritos…
El pliego condiciona los pagos parciales a que las cubicaciones sean mayores al 40% del monto del contrato, además de exigir un primer avance de obra de al menos el 40% del anticipo. Para obras ejecutadas durante 16 semanas, el umbral de pago puede implicar una carga relevante de financiamiento para el contratista y conviene aclarar cómo se aplicaría por lote.
“La suma restante será pagada en pagos parciales al contratista, mediante cubicaciones periódicas por las partidas ejecutadas y certificadas por el supervisor o responsable del contrato que deben corresponderse con el Cronograma de Ejecución”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona