El Acta AA-2025-437, de fecha 2025-08-04, aprobó la Enmienda No. 002-2025 del proceso CAASD-CCC-CP-2025-0011. La enmienda trasladó la recepción de ofertas al 2025-08-14, modificó varios hitos del cronograma y redujo los mínimos de solvencia y liquidez; también extendió al 2025-10-08 la vigencia prevista de las garantías de seriedad y fiel cumplimiento y del contrato.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce los umbrales que verifican capacidad financiera y liquidez del oferente..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El cronograma enmendado fija el 04/09/2025 como plazo para respuestas y adendas, aunque establece la recepción de ofertas hasta el 14/08/2025. La fecha prevista para adendas cae después del cierre y apertura técnica, lo que genera una contradicción que merece revisión frente a las reglas sobre emisión de enmiendas.
“3. Plazo para emitir respuesta y adendas/enmiendas por parte del CCC | 04 de septiembre de 2025 … Las ofertas podrán ser recibidas desde el día de publicada la convocatoria en el SECP hasta el 14 de agosto del 2025 hasta las 11:00 a.m.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona