El pliego de condiciones del proceso CEAASNA-CCC-CP-2025-0005, fechado en julio de 2025, establece la adquisición de un UPS en lote único y un presupuesto base de RD$5,600,000. Fija la convocatoria para el 4 de agosto y la recepción de ofertas para el 12 de agosto de 2025, y define requisitos técnicos, financieros y de experiencia, así como las reglas de evaluación y adjudicación por menor precio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija el plazo de entrega como 45 días calendario, 20 días hábiles y 45 días hábiles en distintas secciones. La discrepancia afecta una condición relevante para cotizar y ejecutar el contrato y deja incierto cuál plazo rige.
“El/los adjudicatario(s) deberán hacer la entrega del bien adjudicado a requerimiento de la entidad contratante en un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) días calendario, contados a partir de la notificación del Registro del Contrato en ”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Se exigen al menos dos cartas de satisfacción de clientes y que la oferta demuestre que el bien se suministra regular y consecutivamente como actividad comercial principal. Esos requisitos pueden limitar la participación de proveedores técnicamente aptos que no reúnan esa trayectoria específica; conviene verificar su proporcionalidad respecto del objeto y complejidad del contrato.
“Presentar al menos dos (02) cartas de satisfacción de clientes (instituciones públicas o privadas) a los que hayan suministrado el bien objeto del presente proceso de manera satisfactoria. … que posea la experiencia mínima requerida en la r”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
El pliego exige una certificación de no antecedentes penales del representante legal y la usa como prueba de que el oferente no ha tenido inconvenientes con la ley. Es un requisito referido a una persona física, no a la capacidad de la empresa para suministrar el UPS, y puede excluir ofertas por una condición ajena a la ejecución contractual.
“Certificación de No Antecedentes Penales (original y con fecha de emisión no mayor a 30 días) del representante legal elegido por la empresa para este proceso de compras. … El Oferente demuestra que no ha tenido inconvenientes con la ley y ”
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Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
La evaluación financiera exige solvencia suficiente y referencias bancarias que demuestren respaldo económico, pero el pliego no fija un valor mínimo ni parámetros cuantificables para decidir si se cumple. Esto deja margen de apreciación en una evaluación de cumple/no cumple y merece revisión para comprobar la aplicación objetiva e igualitaria del criterio.
“El Oferente demuestra contar con solvencia suficiente para la ejecución del proceso. … Cumple si presenta referencias bancarias del presente año dirigido al Centro Especializado de Atención Ambulatoria en Salud Dr. Nelson Astacio que demues”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales
Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…
Una cláusula fija la vigencia en un año desde la notificación de adjudicación, mientras otra exige un mínimo de un año y vigencia hasta el cumplimiento y liquidación. La diferencia puede afectar cuánto tiempo queda cubierto el cumplimiento contractual si la ejecución o liquidación supera un año.
“La garantía de fiel cumplimiento de contrato, con una vigencia de un (1) año contando a partir de la fecha de notificación de adjudicación. … La vigencia de la garantía será de mínimo un (1) año contada a partir de la constitución de la mis”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 202 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 202 — Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 202. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento. La garantía de fiel cumplimiento se mantendrá vigente hasta la liquidación del contrato u orden de compra o servicio. En el caso de la prestación de servicios y la contratación de obras, la garantía de fiel cumplimiento asegurará, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del proveedor. Párrafo I. En la contratación de obras, la garantía permanecerá vigente hasta la recepción y verificación de la inexistencia de fallas y desperfectos en la construcción por parte de la institución contratante. Si existieran fallas o desperfectos, debidamente demostrados y notificados al adjudicatario y este se…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona