miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

Pliego de condiciones CP-2025-0017.pdf

Contratación de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de refrigeración del MIP y sus dependencias, por un periodo de seis (06) meses · Ministerio de Interior y Policía

Publicado el 31 jul de 202537 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso MIP-CCC-CP-2025-0017

Lo que dice

El pliego establece las condiciones para contratar por seis meses el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos de refrigeración del Ministerio de Interior y Policía, con presupuesto base de RD$5,614,000. Define evaluación técnica bajo cumple/no cumple y adjudicación al menor precio entre las ofertas técnicamente conformes. Incluye requisitos de experiencia y solvencia, reglas de desempate y condiciones contractuales; algunos de esos términos son ambiguos o merecen revisión por su efecto potencial en la competencia y los controles.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentos

Desempate mediante puja no previsto entre los criterios del reglamento

Documento del 31 jul 2025 · hace 1 año

El pliego dispone una puja al menor precio para resolver empates, aunque el artículo 131 del Reglamento 416-23 enumera otros criterios de desempate y, si no se aplican o no fueron previstos, establece selección al azar. La regla podría cambiar quién obtiene la adjudicación en caso de empate.

“En caso de empate entre dos o más Oferentes/Proponentes, se procederá a elegir la oferta seleccionada, mediante una puja al menor precio, para confirmar el cumplimiento con el criterio deberá existir constancia inequívoca en la oferta evalu”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas

Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Restricción de participación por accionistas compartidos

Documento del 31 jul 2025 · hace 1 año

El pliego impide participar simultáneamente a empresas que coincidan en algún socio, sin limitar la regla a consorcios ni explicar cómo se relaciona con la ejecución del contrato. Es una restricción adicional que puede reducir el número de ofertas admisibles; conviene verificar su fundamento y aplicación.

“De igual manera, no podrán participar simultáneamente empresas que: 1) posean la misma identidad de socios o accionistas, o 2) coincidan en alguno de los socios. En ese sentido, deberán participar por una sola de las empresas.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 5 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 5

ART. 5. Los procesos y personas sujetos a la presente ley son: Procesos: 1) Compra y contratación de bienes, servicios, consultoría y alquileres con opción de compra y arrendamiento, así como todos aquellos contratos no excluidos expresamente o sujetos a un régimen especial; 2) Contratación de obras públicas y concesiones. Personas: 1) Las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que hagan Oferta de bienes y servicios requeridos por las instituciones de la administración pública o contraten obras o concesionen obras o servicios o ambos. 2) Dos o más personas que presenten oferta como un conjunto actuando como una sola, estableciendo en un acto notarial que actúan bajo esa…

A revisarHallazgo en documentos

Umbrales de endeudamiento expresados de forma contradictoria

Documento del 31 jul 2025 · hace 1 año

La tabla fija un límite de endeudamiento menor a 1.50, pero sus instrucciones de cumplimiento invierten o contradicen las desigualdades. La ambigüedad puede alterar la habilitación financiera; debe verificarse qué regla aplicaron los evaluadores.

“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · Reglamento 416-23, art. 81 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 81 — Metodología de evaluación

Artículo 81. Metodología de evaluación. Las ofertas podrán ser evaluadas bajo las siguientes metodologías: 1. Metodología cumple/no cumple, en la que se establecen criterios mínimos que deben ser acreditados por las ofertas técnicas o económicas presentadas. 2. Metodología de puntaje, en la que se establecen criterios mínimos y máximos a los que se les asigna una puntuación considerada como proporcional de acuerdo con el nivel alcanzado. En este tipo de metodología será necesario desglosar todas las puntuaciones que pueden ser asignadas a cada requisito exigido. 3. Metodología combinada, que consiste en la aplicación tanto del método cumple/no cumple como el puntaje para la evaluación de…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a , el asistente legal con IA de República Dominicana.

A revisarHallazgo en documentos

Plazo de hasta cinco meses para la recepción conforme

Documento del 31 jul 2025 · hace 1 año

El pliego permite formalizar la recepción conforme hasta cinco meses después de notificada la prestación. Aunque el artículo 186 permite que el pliego establezca un plazo distinto del máximo general de diez días hábiles, el período indicado es prolongado y merece revisión por su efecto en la oportunidad de verificar y cerrar la recepción del servicio.

“Si la prestación del servicio fue acorde con los términos de referencia, la institución deberá formalizarla mediante la recepción conforme en un plazo no mayor a cinco meses, a partir del día siguiente de notificado la prestación del servic”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 186 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 186 — Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios

Artículo 186. Plazo para la recepción conforme de bienes y servicios. La recepción conforme se otorgará dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles salvo que en el pliego de condiciones o en el contrato se estableciera uno distinto. dicho plazo comenzará a correr a partir del día hábil inmediato siguiente al de la fecha de entrega de los objetos comprados o contratados o al del vencimiento del período que se hubiera establecido en el pliego de condiciones o en el contrato. una vez vencido el plazo establecido para la conformidad, el proveedor podrá intimar la recepción. si la institución contratante no se pronunciara dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al de la recepción…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Actividad comercial exigida aparece como preferible y luego obligatoria

Documento del 31 jul 2025 · hace 1 año

En la descripción del objeto, la actividad comercial 72100000 se presenta como preferible; en la documentación legal se exige que conste inscrita en el RPE. La diferencia puede generar criterios distintos de admisión y requiere verificar cuál condición se aplicó a las ofertas.

“dicha contratación ha sido clasificada bajo el rubro -clase--Servicios de apoyo para la construcción ,por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial - Servicio de mantenimiento y reparaciones de construcciones”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentosRD$5.6 millones

Presupuesto estimado próximo al máximo de comparación de precios

Documento del 31 jul 2025 · hace 1 año

El presupuesto base de RD$5,614,000 queda RD$30,812.73 por debajo del máximo de RD$5,644,812.73 para comparación de precios de servicios convocada en 2025. La modalidad corresponde al umbral, pero la cercanía hace pertinente verificar la estimación y que el alcance se haya calculado íntegramente.

“el cual asciende al monto de [RD$5,614,000.00](CINCO MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL PESOS CON 00/100), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecución del servicio”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 17 · Reglamento 416-23, art. 66 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 17

ART. 17. Para determinar la modalidad de selección a aplicar en un proceso de compra o contratación se utilizarán los umbrales topes, que se calculan multiplicando el Presupuesto de Ingresos Corrientes del Gobierno Central, aprobado por el Congreso de la República, por los factores incluidos en la siguiente tabla, según corresponda a obras, bienes o servicios: OBRAS BIENES SERVICIOS 1) Licitación pública 0.00060 0.000020 0.000020 2) Licitación restringida 0.00025 0.000008 0.000008 3) Sorteo de obras 0.00015 No Aplica No aplica 4) Comparaciones de precios 0.00004 0.0000015 0.0000015 Compras menores No aplica 0.0000002 0.0000002 A título enunciativo, para el Presupuesto de Ingresos Corrientes…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Otros documentos del proceso (27)

  • Acta 0136-2025 Inicio Mantenimiento equipos de refrigeracion.pdfPliego · 31 jul de 2025
  • Apropiacion presupuestaria.pdfCertificación de fondos · 31 jul de 2025 · 1 señal
  • Ficha tecnica.pdfPliego · 31 jul de 2025 · 1 señal
  • Acta 0136-2025 Inicio Mantenimiento equipos de refrigeracion.pdfInforme pericial · 31 jul de 2025 · 1 señal
  • Convocatoria.pdfDocumento · 31 jul de 2025
  • Solicitud de compra.pdfSolicitud de compra · 31 jul de 2025 · 1 señal
  • Cuestionario Debiada Diligencia FO-CC-019).xlsxDocumento · 31 jul de 2025
  • Declaración conocimiento CEI FO-CC-10 (1).docxDocumento · 31 jul de 2025
  • Declaracion_Jurada simple (RPE-F002).docDocumento · 31 jul de 2025
  • SNCC_D045_Curriculo_Personal (1).docxDocumento · 31 jul de 2025
  • SNCC_D048_Experiencia_Profesional_Personal.docxDocumento · 31 jul de 2025

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
ChatLeyes
Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →
Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación

Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
SNCC_D049_Experiencia_contratista.docxDocumento · 31 jul de 2025
  • SNCC_F034_Presentación_de_Oferta.docxDocumento · 31 jul de 2025
  • SNCC_F042_Informacion_Oferente.docxDocumento · 31 jul de 2025
  • SNCCP-PROV-F-040- Formulario debida diligencia y conflicto de interes.docxDebida diligencia · 31 jul de 2025
  • SNCC_F037_Personal_Oferente (2).docxDocumento · 31 jul de 2025
  • Registro de Enmienda.pdfEnmienda · 29 ago de 2025
  • Acta de enmienda No.1.pdfEnmienda · 29 ago de 2025 · 1 señal
  • Acta de adjudicacion 0195-2025.pdfActa de adjudicación · 26 sept de 2025 · 3 señales
  • Acta de adjudicacion 0195-2025.pdfActa de adjudicación · —
  • Acta notarial apertura sobre B.pdfActa · —
  • CONT-CC-061-2025 Corregido.pdfDocumento · —
  • Cuota para comprometer.pdfDocumento · —
  • Garantia de fiel cumplimiento del contrato.pdfContrato · —
  • Informe definitivo de evaluacion economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe definitivo de evaluacion economica.pdfInforme de evaluación · —
  • Informe final del portalDocumento · —