Publicado el 31 jul de 2025Fechado el 30 jul de 202511 páginasEn el mensaje «ACTO ADMINISTRATIVO 133-25 Y FICHAS TECNICAS ENMIENDA 2 INAPA-CCC-LPN-2025-0022»
El Acto Administrativo núm. 133/2025, de fecha 2025-07-31, aprueba la Enmienda Extraordinaria núm. 02-2025 al pliego de la licitación INAPA-CCC-LPN-2025-0022. Modifica las fichas técnicas de los ítems 2, 4, 6, 9 y 10 y actualiza el cronograma, fijando la recepción de ofertas para el 15 de agosto de 2025, además de cambiar disposiciones sobre vigencia de ofertas, garantía de seriedad y evaluación económica.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto consigna que el plazo límite para emitir enmiendas vencía el 22 de julio y que la observación que motivó esta modificación se recibió el 31 de julio, fecha en que también se emitió el acto. Aunque se extendió la recepción de ofertas hasta el 15 de agosto, la aprobación posterior al plazo que el propio cronograma indicaba merece verificar la secuencia y el cumplimiento de las reglas de emisión y publicación de enmiendas.
“Que, conforme al Cronograma de Actividades establecido en el Pliego de Condiciones, el plazo límite para emitir adenda/enmienda por el Comité de Compras y Contrataciones era hasta el 22 de julio del 2025. … Que debido a una observación real”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · Ley 340-06, art. 18 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
ART. 18. La convocatoria a presentar ofertas en las licitaciones públicas deberá efectuarse mediante la publicación, al menos, en dos diarios de circulación nacional por el término de dos (2) días, con un mínimo de treinta (30) días hábiles de anticipación a la fecha fijada para la apertura, computados a partir del día siguiente a la última publicación. Cuando se trate de licitaciones internacionales deberán disponerse, además, avisos en publicaciones de países extranjeros, en los plazos, con la forma y con las modalidades que establezca la reglamentación. La invitación a presentar ofertas en licitaciones restringidas deberá publicarse a través del portal web de la institución y del…
Fichas técnicas de los ítems 2, 4, 6, 9 y 10Especificaciones técnicas de motores eléctricos
Fichas técnicas previas del pliego; el acto no reproduce sus especificaciones completas.
Se modifican las fichas de los ítems 2, 4, 6, 9 y 10; el acto no detalla el contenido técnico cambiado.
Neutral
Sección I, numeral 6Cronograma y recepción de ofertas
Cronograma anterior del pliego; este acto no indica la fecha previa de recepción de ofertas.
La recepción de ofertas se fija para el 15 de agosto de 2025, de 8:00 a. m. a 10:00 a. m., con apertura técnica a las 10:30 a. m.; se actualizan las fechas posteriores del proceso.
Relaja
Sección I, numeral 9.2, literal CVigencia y prórroga de las ofertas
Plazo anterior de validez no indicado en el acto.
Las ofertas deben estar vigentes hasta el 27 de octubre de 2025; se prevé solicitar prórroga y ampliar la vigencia de la garantía para quienes la acepten.
Aclara
Sección I, numeral 9.2, literal DGarantía de seriedad de la oferta
Requisito anterior no detallado en el acto.
Se fija una póliza por el 1 % de la oferta, en pesos dominicanos, vigente hasta el 27 de octubre de 2025; para oferentes certificados como MIPYME, se exige fianza de seguro.
Aclara
Sección I, numeral 10.3Metodología de evaluación económica
Metodología anterior no indicada en el acto.
La evaluación económica será bajo la metodología Cumple/No Cumple, verificando garantía de seriedad y oferta económica conforme a los requisitos descritos.
Neutral
Sección II, numeral 1Recepción, apertura y evaluación de ofertas
Redacción anterior del numeral no reproducida en el acto.
Se describe la presentación en dos etapas: recepción de ofertas técnicas y económicas, apertura y evaluación técnica, seguida de apertura y evaluación económica; se precisa la recepción electrónica o en papel hasta el 15 de agosto de 2025.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona