El Comité de Compras y Contrataciones adjudicó el 28 de julio de 2025 a Fábrica de Ataúdes Quisqueya, SRL, los ítems 1 al 12 del proceso ASDN-CCC-CP-2025-0010 por RD$5,427,882.00. El acto indica que la empresa cumplió los requisitos técnicos y económicos; esa suma coincide con el monto estimado informado para el proceso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta enumera a un único oferente y le adjudica los 12 ítems por RD$5,427,882.00, monto igual al estimado del proceso. La coincidencia no demuestra por sí sola una irregularidad, pero, junto con la ausencia de competencia efectiva entre ofertas, amerita revisar la razonabilidad del precio y la formación del presupuesto estimado.
“en fecha quince (15) de julio del año dos mil veinticinco (2025), se procedió a la apertura de las ofertas recibidas, correspondiente a las entidades comerciales detalladas a continuación … FABRICA DE ATAUDES QUISQUEYA, SRL | ITEM 1”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
El acta adjudica RD$5,427,882.00, mientras que el registro de ofertas aportado del portal muestra para la misma empresa RD$0 y estado “Cargada / Pendiente”. El portal puede estar atrasado, pero conviene reconciliar el registro electrónico con la oferta evaluada y la adjudicación para asegurar la trazabilidad del monto.
“FABRICA DE ATAUDES QUISQUEYA, SRL | ITEM 1,2,3,4,5,6,7,8,9,10,11 Y 12 | | RD$5,427,882.00”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 31 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 31 — Información publicada en el SECP
Artículo 31. Información publicada en el SECP. Las instituciones contratantes deberán gestionar y difundir todas las etapas de los procedimientos de contratación, tanto ordinarios como de excepción, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), de manera simultánea a la ejecución y el avance de las actuaciones, salvo aquella información considerada como reservada de acuerdo con la ley. Párrafo. La información publicada de cada procedimiento de contratación se consolidará en un expediente electrónico identificado con un número único, que será generado automáticamente por el SECP permitiendo su acceso a todo interesado.
Fábrica de Ataúdes Quisqueya, SRLEl acto consigna que cumplió con los requerimientos técnicos, legales, financieros y económicos del pliego; adjudicación de los ítems 1 al 12.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona