La Enmienda No. 1 del proceso MIDE-CCC-CP-2025-0026, emitida el 30 de julio de 2025, hizo opcional la entrega digital en USB del cronograma y de la documentación legal, financiera y técnica. También aumentó la línea de crédito comercial exigida del 20 % al 25 % del valor desembolsado del anticipo.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se elimina como obligación la copia digital de la documentación financiera y demás documentos de la oferta, que podía servir para facilitar su verificación y trazabilidad; se mantienen los documentos de la oferta en su formato de presentación..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La Enmienda No. 1, expedida el 30 de julio de 2025 —fecha que el cronograma del pliego fijaba para emitir adendas o enmiendas—, modificó la línea de crédito comercial exigida de 20% a 25% del valor desembolsado de anticipo, manteniéndola como requisito subsanable. Las ofertas se recibieron el 1 de agosto y no consta en el expediente una extensión del plazo, que el artículo 107, Párrafo I del Reglamento 416-23 ordena de manera proporcional cuando se introducen cambios a ser incluidos en las ofertas.
“Se expide la presente ENMIENDA en la ciudad de Santo Domingo Distrito Nacional, el treinta (30) del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025 … Línea de Crédito comercial igual o superior al monto del 25% del valor desembolsado de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Numeral 1.1.1, acápites C, 6 y 20Entrega digital del cronograma y de la documentación de la oferta
El cronograma debía entregarse impreso y en formato digital en USB; la documentación legal, financiera y técnica también debía incluirse en USB.
El cronograma digital en USB y la copia digital de la documentación legal, financiera y técnica pasan a ser opcionales.
RelajaQuita un control: Se elimina como obligación la copia digital de la documentación financiera y demás documentos de la oferta, que podía servir para facilitar su verificación y trazabilidad; se mantienen los documentos de la oferta en su formato de presentación.
Numeral 1.1.1, acápite B, 6Línea de crédito comercial
Línea de crédito comercial igual o superior al 20 % del valor desembolsado de anticipo.
Línea de crédito comercial igual o superior al 25 % del valor desembolsado de anticipo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona