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Pliego

ESPECIFICACIONES FICHAS TECNICAS.pdf

Contratación de Servicios Jurídicos especializados · Instituto Estabilización de Precios

Publicado el 25 jul de 20258 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso INESPRE-CCC-PEOR-2025-0001

Lo que dice

El documento establece las especificaciones para contratar servicios jurídicos especializados por 12 meses, con un presupuesto referencial de RD$5,500,000. Define requisitos de experiencia y documentación, exige una garantía de seriedad del 1% y fija la adjudicación al menor precio entre las ofertas que cumplan lo requerido.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (4)

A revisarHallazgo en documentos

Alcance del servicio descrito sin unidades o volumen estimado

Documento del 25 jul 2025 · hace 1 año

El alcance incluye asesoría y representación en demandas laborales existentes y futuras, pero no especifica cantidades de expedientes, horas o actuaciones previstas. Al combinarse con un precio que puede cotizarse globalmente, la falta de magnitudes dificulta comparar costos y verificar el volumen de prestaciones durante los 12 meses.

“Acompañamiento en materia Laboral, frente demandas laborales existentes y futuras … El oferente cotizará el precio del servicio por horas, días, semanas, meses, o de forma global, según corresponda”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

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A revisarHallazgo en documentos

Garantía de seriedad exigida en una selección directa

Documento del 25 jul 2025 · hace 1 año

El pliego exige una garantía de seriedad del 1%, aunque el reglamento dispone que no se solicite en los procedimientos de excepción por selección directa. La exigencia añade una carga de participación que merece revisión para esta modalidad.

“Garantía de Seriedad de la Oferta será de cumplimiento obligatorio y vendrá incluida dentro de la Oferta Económica, Correspondiente al uno por ciento (1%) del monto total de la Oferta”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 195 · Reglamento 416-23, art. 50 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 195 — Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta

Artículo 195. Garantía de mantenimiento y seriedad la oferta. Es aquella que se constituye a favor del ente u órgano contratante, a fin de asegurar el mantenimiento y seriedad de las condiciones técnicas y precios de la propuesta presentada, hasta la suscripción del contrato. Párrafo. En los sorteos de obras, subasta inversa y en los procedimientos de excepción por selección directa no se solicitará presentación de garantía de mantenimiento de seriedad de la oferta. En los casos de emergencia nacional, las instituciones contratantes determinarán la razonabilidad de requerir o no este tipo de garantía, considerando el tiempo otorgado entre la convocatoria, la presentación de oferta y la…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 50 — Excepciones por selección directa

Artículo 50. Excepciones por selección directa. La contratación por selección directa es el procedimiento objetivo que se adjudica sin previamente realizar un llamado público y abierto para competición entre otros oferentes. La institución contratante deberá justificar mediante acto administrativo debidamente motivado, los elementos objetivos que sustentan la selección de esa persona natural o jurídica, es decir, las razones por las que se considera que la propuesta o la persona seleccionada es la más idónea para ejecutar el contrato. Los procedimientos de excepción por selección directa son: 1. Proveedor único. 2. Realización o adquisición de obras científicas, técnicas y artistas o…

A revisarHallazgo en documentos

Experiencia mínima de diez años

Documento del 25 jul 2025 · hace 1 año

El pliego fija diez años de experiencia mínima tanto para los participantes como para el personal propuesto. Ese umbral puede restringir la participación en servicios jurídicos especializados y conviene verificar que sea proporcional a la complejidad y alcance concretos del servicio.

“Los participantes deben de contar con una experiencia mínima de 10 años.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

A revisarHallazgo en documentos

Crédito mínimo de 60 días como requisito financiero

Documento del 25 jul 2025 · hace 1 año

Se exige una carta de aceptación de crédito por al menos 60 días desde la presentación de la factura. La condición traslada al oferente una carga financiera que puede limitar la concurrencia y cuya proporcionalidad respecto del servicio merece verificarse.

“Carta de aceptación de crédito de un mínimo de 60 días contados a partir de presentación de factura, mediante carta firmada y sellada por la empresa oferente. (Subsanable).”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Otros documentos del proceso (20)

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  • INFORME LEGAL.pdfDocumento · 25 jul de 2025
  • INFORME PERICIAL JUSTIFICATIVO.pdfInforme justificativo · 25 jul de 2025
  • SOLICITUD DE COMPRA..pdfSolicitud de compra · 25 jul de 2025 · 1 señal
  • CERTIFICACION DE FONDO.pdfCertificación de fondos · 28 jul de 2025
  • compromiso-etico-de-proveedores.docxDocumento · 28 jul de 2025
  • Constancia de recepción y entendimiento documentos del SGI INESPRE - Proveedores - copia.docxDocumento · 28 jul de 2025
  • DECLARACION JURADA PERSONAS JURIDICAS (3) (2).docDocumento · 28 jul de 2025
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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ACTA ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · 11 ago de 2025
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE ERROR HUMANO.pdfContrato · 22 sept de 2025
  • CONTRATO 1-2025.pdfContrato · 22 sept de 2025
  • ACTA ADJUDICACION.pdfActa de adjudicación · —
  • ACTO ADMINISTRATIVO DE ERROR HUMANO.pdfDocumento · —
  • CONTRATO 1-2025.pdfContrato · —
  • CUOTA.pdfDocumento · —
  • INFORE DEFINITIVO.pdfDocumento · —
  • Informe final del portalDocumento · —