Fechas de adjudicación y contratación no coinciden con el cronograma
· hace 1 año
La enmienda fija la aceptación de correcciones hasta el 30 de julio y la adjudicación para el 1 de agosto. Sin embargo, según el resumen de otra acta del proceso, el Acta 055-2025 está fechada el 29 de julio, y el portal registra contratos el 30 de julio, antes de las fechas programadas para adjudicar y suscribirlos; conviene verificar la secuencia efectiva de evaluación, adjudicación y formalización.
“5. Aceptación de correcciones de errores aritméticos y de respuesta a las aclaraciones (artículos 123 y 129 Reglamento núm. 416-23) | 30/7/2025 14:00 … 7. Adjudicación | 1/8/2025 14:00 … 10. Suscripción del(los) contrato(s) y emisión de”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · Reglamento 416-23, art. 164 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Reglamento 416-23, artículo 164 — Formalidades y contenido mínimo del contrato
Artículo 164. Formalidades y contenido mínimo del contrato. Los contratos deberán ser formalizados por escrito, en soporte papel o formato digital. Tanto el adjudicatario como la máxima autoridad de la institución contratante deben suscribirlo conjuntamente, en presencia del notario público, y debe publicarse en el SECP y en el portal institucional. Párrafo I. El contrato u orden de compra o servicio, deberá celebrarse en el plazo que se indique en los respectivos pliegos de condiciones, especificaciones técnicas o términos de referencia, el cual no deberá ser mayor a veinte (20) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación. Párrafo II. Si la institución no…
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