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Pliego

Pliego de Condiciones.pdf

ADQUISICIÓN DE EQUIPOS PESADOS Y UNA CAMIONETA PARA EL USO OPERATIVO EN LOS DIFERENTES PROYECTOS DESARROLLADOS POR LA UTEPDA · Unidad Técnica Ejecutora de Proyectos de Desarrollo Agroforestal

Publicado el 23 may de 202544 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso UTEPDA-CCC-LPN-2025-0007

Lo que dice

El pliego establece las condiciones de la licitación pública nacional UTEPDA-CCC-LPN-2025-0007 para adquirir equipos pesados y una camioneta, convocada el 2025-05-23, con un valor referencial de RD$36,645,500.00. Define especificaciones técnicas, requisitos de participación y evaluación, y fija como criterio de adjudicación el menor precio entre las ofertas técnicamente habilitadas.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (6)

A revisarHallazgo en documentosRD$1.9 millones

Los montos por producto superan el valor referencial total

Documento del 23 may 2025 · hace 1 año

Los cinco montos estimados del cuadro suman RD$38,555,000, RD$1,909,500 más que el valor referencial total de RD$36,645,500. El pliego no explica la diferencia; conviene verificar si los importes individuales y el presupuesto global usan la misma base.

“Rodillo compactador de suelo 1 9,215,000.00 … Camioneta 1 5,500,000.00 … El valor referencial para esta compra asciende a RD$ 36,645,500.00”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 66 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 66 — Estudios previos

Artículo 66. Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con políticas, manuales, guías u orientaciones normativas dictadas por la Dirección General de Contrataciones Públicas o las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual. En todo caso, como mínimo, a través de estos estudios se debe determinar: 1. La necesidad a atender. 2. Identificar el objeto del contrato, su naturaleza, características y sus especificaciones. 3. Las particularidades del mercado, en cuanto a cómo y en cuáles plazos se ofrece ese bien, se presta el servicio o se ejecuta la obra. 4. El costo estimado del bien, obra o servicio a…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Requisitos de experiencia y representación del fabricante

Documento del 23 may 2025 · hace 1 año

Se exige a las compañías cinco años de experiencia en comercialización, venta, distribución de piezas, servicio y mantenimiento de vehículos, además de acreditar representación oficial, distribución autorizada o concesión del fabricante. Conviene verificar que ambos requisitos sean proporcionales a los bienes de cada ítem y no excluyan oferentes capaces de suministrarlos.

“Documentación vigente que acredite la condición de representante oficial, distribuidor autorizado, y/o concesionario, emitido por el fabricante del vehículo … Las compañías que deseen participar en este proceso deben contar con una”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 82 · Ley 340-06, art. 8 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

A revisarHallazgo en documentos

Especificaciones que mencionan marcas y modelos concretos

Documento del 23 may 2025 · hace 1 año

El pliego incluye referencias como Cummins QSB 4.5, DT12, BOSE y ROTO RINGS®, sin que en los pasajes citados aparezca la opción «o equivalente». Estas referencias pueden reducir el universo de productos que cumplen; conviene verificar si existe justificación técnica o una descripción funcional equivalente en el expediente.

“Fabricante/modelo | Cummings QSB 4.5 Nivel 3 … Modelo de transmisión: DT12 … Amarres "ROTO RINGS"® con Giro 360o”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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A revisarHallazgo en documentos

Adjudicación parcial sin fórmula explícita de distribución

Documento del 23 may 2025 · hace 1 año

Aunque el criterio anunciado es el menor precio entre ofertas técnicamente conformes, el pliego se reserva adjudicar total o parcialmente dentro de cada ítem según la valoración del equipo técnico y la capacidad de producción, sin exponer una fórmula o regla de distribución en el pasaje. Esto deja por verificar cómo se aplicaría de manera objetiva el criterio de adjudicación.

“La UTEPDA se reserva el derecho de realizar una adjudicación total o parcial dentro de cada ítem, según la valoración y evaluación del equipo técnico de la UTEPDA y los peritos designados para el proceso, de manera tal que la cantidad ofert”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 72 · Reglamento 416-23, art. 83 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 72 — Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia

Artículo 72. Límites del pliego de condiciones y sus especificaciones técnicas/ fichas técnicas o términos de referencia. El pliego de condiciones y otros documentos del procedimiento de selección, no podrán establecer reserva de derecho para ampliar o reducir los criterios de evaluación y adjudicación, así como evaluar y adjudicar con base a criterios no establecidos previamente en el propio pliego de condiciones, ficha técnica, términos de referencia o en sus adendas, emitidas conforme al plazo establecido en la ley.

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Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

A revisarHallazgo en documentos

Origen limitado para el semirremolque

Documento del 23 may 2025 · hace 1 año

Para el semirremolque, el pliego exige versión americana o japonesa. La limitación por origen puede excluir productos técnicamente equivalentes de otros mercados; conviene verificar su justificación en los estudios previos.

“Camión semirremolque de servicio pesado. versión americana o japones.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 73 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas

Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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ContextoHallazgo en documentos

Crédito obligatorio a 60 días hábiles

Documento del 23 may 2025 · hace 1 año

El pliego requiere que cada oferente se comprometa a conceder crédito por sesenta días hábiles. La condición impone financiación al proveedor y puede elevar la barrera de participación; conviene verificar su vinculación y proporcionalidad respecto del objeto y de las condiciones de pago.

“Carta compromiso del Oferente/Proponente ofreciendo crédito a sesenta (60) días hábiles [SUBSANABLE].”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

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Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

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Ley 340-06, artículo 26

ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…

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