miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
ComprasPresupuestoCifrasResoluciones DGCP
El Estado bajo la lupa

Abriendo la ficha…

Pliego

PLIEGO ETED-CCC-LPN-2025-0029 ADQUISIC. EQUIPOS COMUNICACIÓN.pdf

ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN CISCO · Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana

Publicado el 21 jul de 202589 páginas

Original en el Portal Transaccional Ver el proceso ETED-CCC-LPN-2025-0029

Lo que dice

El pliego de la Licitación Pública Nacional ETED-CCC-LPN-2025-0029, fechado únicamente en julio de 2025, establece la adquisición de equipos de comunicación con un presupuesto base de RD$9,529,095.90 y entrega total en un máximo de seis semanas. Prevé evaluación cumple/no cumple y adjudicación por ítem al menor precio entre las ofertas técnicamente conformes; según el portal, IQTEK Solutions, SRL presentó una oferta de RD$9,840,919, pero figura pendiente y el proceso aparece posteriormente cancelado.

Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.

Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.

Señales de este documento (5)

A revisarHallazgo en documentos

Certificados penales exigidos a accionistas como condición de oferta

Documento del 21 jul 2025 · hace 1 año

El pliego exige certificados de no antecedentes penales a todos los accionistas con al menos 10% de participación, además del representante. Es una condición de elegibilidad que puede limitar la participación por circunstancias personales de accionistas, sin que el documento la vincule a una función concreta de suministro o a una evaluación de capacidad proporcional al objeto.

“Certificación de no antecedentes penales de todos los accionistas de la composición societaria que tengan igual o mayor al 10% de las cuotas, así como del representante designado.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 82 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 82 — Evaluación de credenciales

Artículo 82. Evaluación de credenciales. Las credenciales son los documentos que demuestran los requisitos exigidos al oferente en relación con su capacidad técnica, profesional, experiencia, su solvencia financiera y su idoneidad para ejecutar el contrato, los cuales deberán ser proporcionales al valor y complejidad del objeto a contratar. Párrafo. Como regla general, los requisitos de capacidad, de solvencia e idoneidad serán evaluados bajo la metodología de cumple/no cumple, y no podrán ser objeto de puntuación. A excepción de cuando se trate de un servicio de consultoría o de otros servicios u obras, cuya complejidad de las prestaciones contractuales requeridas lo justifique, dejando…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
A revisarHallazgo en documentos

Penalidades diarias de hasta 4% del contrato sin tope acumulado indicado

Documento del 21 jul 2025 · hace 1 año

El pliego establece penalidades de hasta 4% del monto total contratado por cada día o fracción de día para ciertos incumplimientos, sin indicar un límite acumulado. La exposición económica y la aplicación de varios supuestos de penalidad merecen revisión por su efecto potencial en la ejecución y en la valoración del riesgo por los oferentes.

“la penalidad aplicable será equivalente al cuatro por ciento (4%) del monto total del contrato por cada día o fracción de día en que no se haya corregido dicho incumplimiento, sin perjuicio de que, a opción de LA ETED, se proceda a la”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

A revisarHallazgo en documentos

Código de actividad presentado como preferible y luego como obligatorio

Documento del 21 jul 2025 · hace 1 año

El objeto identifica la clase UNSPSC 43222600 y califica como «preferiblemente» la actividad 43220000; en la evaluación legal, sin embargo, exige tener inscrita esta última actividad. La diferencia entre preferencia y requisito obligatorio puede generar incertidumbre sobre la elegibilidad de proveedores inscritos con la clase del objeto u otra actividad afín.

“Por lo que los oferentes deberán tener preferiblemente la actividad comercial: … Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC l”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 8 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 3

ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…

Texto oficial completo

Ley 340-06, artículo 8

ART. 8. La persona natural o jurídica que desee contratar con el Estado deberá demostrar su capacidad satisfaciendo los siguientes requisitos: 1) Poseer las calificaciones profesionales y técnicas que aseguren su competencia, los recursos financieros, el equipo y demás medios físicos, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con el objeto contractual; 3) Que sean solventes y no se encuentren en concurso de acreedores, en quiebra o proceso de liquidación, ni que sus actividades comerciales hubieren sido suspendidas; 4) Que hayan cumplido con las obligaciones fiscales y de seguridad social. PÁRRAFO I. Los…

A revisarHallazgo en documentos

El pliego alude a dos lotes sin identificarlos

Documento del 21 jul 2025 · hace 1 año

La adjudicación se define por ítem, pero el texto añade que el criterio aplica a «los dos lotes» sin identificar su composición. La tabla visible enumera siete ítems y no presenta una división en lotes, lo que deja indeterminado cómo se agrupan las ofertas y se aplicaría la adjudicación.

“La adjudicación se hará por Ítems a favor del/los Oferente (s) que cumplan con las especificaciones técnicas requeridas en cada uno de los ítems ofertado, y presente el Menor precio en dichos ítems. (Esto aplica para los dos lotes).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 83 · con ChatLeyes

Ley 340-06, artículo 20

ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

ContextoHallazgo en documentosPosible explicación normalRD$311,823

Oferta registrada por encima del presupuesto base

Documento del 21 jul 2025 · hace 1 año

El presupuesto base del pliego es RD$9,529,095.90, mientras que el portal registra para IQTEK una oferta de RD$9,840,919, es decir, RD$311,823.10 más (aproximadamente 3.27%). El proceso figura cancelado y no hay adjudicación consignada aquí; corresponde verificar cómo se evaluó la diferencia y si existía apropiación suficiente antes de cualquier eventual adjudicación.

“El presupuesto base para la ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE COMUNICACIÓN CISCO asciende a NUEVE MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVENTA Y CINCO PESOS DOMINICANOS CON NOVENTA CENTAVOS (RD$9,529,095.90), incluidos los impuestos de Ley y cualqui”

Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.

Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes

Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria

Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Oferentes que registra (1)

1 mencionado

OferenteResultado en el actaLote o grupoMonto
IQTEK Solutions, SRLEl portal registra una oferta cargada y pendiente; este pliego no consigna una decisión de habilitación o adjudicación.Mencionado—RD$9,840,919

Otros documentos del proceso (12)

  • SOLICITUD DE COMPRAS.pdfSolicitud de compra · 21 jul de 2025
  • ACTA DE INICIO.pdfInforme pericial · 21 jul de 2025 · 1 señal
  • CF LPN-2025-0029.pdfCertificación de fondos · 21 jul de 2025
  • COMPROMISO ETICO.pdfDocumento · 21 jul de 2025
  • CONVOCATORIA FIRMA.pdfDocumento · 21 jul de 2025
  • ESTUDIOS PREVIOS.pdfEstudio previo · 21 jul de 2025 · 2 señales
  • FICHAS TECNICA FIRMADA.pdfPliego · 21 jul de 2025 · 2 señales
  • INVITACION.pdfDocumento · 21 jul de 2025
  • TDR.pdfPliego · 21 jul de 2025 · 2 señales
  • CONVOCATORIA PERIODICO ETED-CCC-LPN-2025-0029.pdfDocumento · 21 jul de 2025
  • EDITABLE CISCO.xlsPliego · 21 jul de 2025
  • ACTA CANCELACION 017-2026.pdfActa · 30 ene de 2026 · 2 señales

Sigue explorando · Dinero público

Todas las secciones →
  • PresupuestoLo aprobado, gastado y pagado por institución
  • Cifras del dineroQuién más cobra, concentración y picos de gasto
  • Resoluciones de la DGCPProcesos anulados, suspensiones e inhabilitaciones

Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones

Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →

Texto oficial completo

Reglamento 416-23, artículo 83 — Criterios de adjudicación

Artículo 83. Criterios de adjudicación. El criterio de adjudicación para determinar la oferta más conveniente deberá ser establecido de manera inequívoca en el pliego de condiciones y podrán ser los siguientes: 1. Adjudicación basada en menor precio. Se adjudicará la oferta de menor precio económico, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. 2. Adjudicación basada en menor costo. Se adjudicará la oferta de menor costo atendiendo al ciclo de vida, de entre aquellas ofertas técnicas que hayan cumplido previamente con todo lo solicitado en el pliego de condiciones. A fin de calcular el costo del ciclo de vida, se…

Texto oficial completo

Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →

Ver todos los detalles →
Ver todos los detalles →