El Acta CCC No. 014-2025, de 30 de junio de 2025, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica los ítems 3 y 4 a Delta Comercial, S.A. por RD$9,455,000, y el ítem 2 a Santo Domingo Motors Company, S.A. por RD$5,477,800. En la puja del ítem 2 no hubo lances: solo Santo Domingo Motors estaba conectado, por lo que el comité adjudicó conforme a su oferta inicial, que era la de menor precio.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Delta Comercial fue la única empresa que ofertó en los ítems 3 y 4 y recibió ambos por RD$9,455,000. La adjudicación de una oferta única no está prohibida por lo consignado, pero deja esos ítems sin comparación competitiva de precios y es un dato pertinente para revisar la participación del mercado.
“Fue el único que ofertó en los ítems 3 y 4 correspondientes a Minibús accesible / adaptado y Minibús.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Aunque dos oferentes fueron habilitados para la puja del ítem 2, el acta consigna que solo Santo Domingo Motors estaba conectado y no hubo lances; se adjudicó por su precio inicial de RD$5,477,800. El artículo 145 permite adjudicar directamente en esa circunstancia, pero la falta de participación efectiva en la puja merece revisión.
“en fecha treinta (30) de junio de dos mil veinticinco (2025), en presencia de este Comité de Compras y Contrataciones y el Notario Público Dr. Pedro Nelson Feliz Montes de Oca … se procedió a la puja electrónica del procedimiento por”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Reglamento 416-23, art. 145 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
Reglamento 416-23, artículo 145 — Puja electrónica y adjudicación
Artículo 145. Puja electrónica y adjudicación. Solo pueden participar en la puja electrónica aquellos oferentes que su propuesta técnica y económica inicial haya sido habilitada por cumplir con todo lo establecido en el pliego de condiciones. Para la puja se requiere que al menos dos oferentes hayan sido habilitados y estén conectados en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), conforme con el día y hora previstos en el cronograma. Se adjudicará al oferente que haya presentado el menor precio dentro del tiempo de la puja. Párrafo I. Si solo existiese un oferente conectado con una oferta inicial presentada, la institución podrá adjudicarlo directamente sin realizar la puja.…
Oferentes que registra (3)
2 adjudicado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Delta Comercial, S.A.Adjudicada por ser la única oferta recibida en los ítems 3 y 4; el acta indica que cumplió los requisitos del pliego.
Adjudicado
Ítems 3 y 4
RD$9,455,000
Santo Domingo Motors Company, S.A.Adjudicada para el ítem 2; su oferta inicial fue la de menor precio y fue la única conectada a la puja.
Adjudicado
Ítem 2
RD$5,477,800
Viamar, S.A.No figura entre los oferentes habilitados para la apertura de ofertas económicas según esta acta; el documento no indica el motivo.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona