El Comité aprobó el 21 de julio de 2025 las condiciones del proceso HSBG-CCC-PEEX-2025-0006, autorizó iniciarlo como excepción por exclusividad y designó peritos para evaluar las ofertas. El acta consigna una certificación de fondos cuyo monto en letras no coincide con la cifra numérica; además, el monto numérico es inferior a la adjudicación registrada posteriormente en el expediente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta identifica cuatro personas como miembros asistentes y señala que Mariel Elisabeth Estepan Diloné, encargada administrativa y financiera, representa al presidente del Comité. Conviene verificar la designación y la cobertura de ambos roles en la sesión, dado que el reglamento prevé cinco miembros y permite delegaciones temporales bajo condiciones determinadas.
“Licda. Mariel Elisabeth Estepan Diloné, Encargada Administrativa y Financiero, en representación del Dr. Armando José Holguín Núnez, Director General y Presidente del Comité y Miembro; Licda. Sorange López, Encargada de Planificación y Desa”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 9 · Reglamento 416-23, art. 10 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 9 — Conformación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 9. Conformación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones estará conformado por cinco miembros: 1. La máxima autoridad ejecutiva de la institución contratante o la persona que designe como su representante, quien lo presidirá. 2. El titular del área administrativa y financiera. 3. El titular del área jurídica. 4. El titular del área de planificación y desarrollo institucional. 5. El responsable de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. Párrafo I. En aquellas instituciones contratantes que no cuenten con una estructura orgánica que permita la integración prevista en el presente artículo, se deberá identificar otro servidor de la…
Reglamento 416-23, artículo 10 — Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones
Artículo 10. Deliberación del Comité de Compras y Contrataciones. El Comité de Compras y Contrataciones es un órgano que ejercerá sus funciones de forma colegiada y se considerará válidamente reunido con tres (3) de los cinco (5) miembros, no pudiendo faltar en ningún caso el presidente del comité o quien designe. Párrafo I. El Comité de Compras y Contrataciones decidirá por la mayoría absoluta de votos de los miembros presentes o debidamente representados y, en caso de empate, el voto del presidente será decisivo. Párrafo II. Todas las decisiones o actuaciones del Comité de Compras y Contrataciones se harán constar mediante actos administrativos motivados que dejarán constancia de la…
El acta expresa en letras RD$20,875,379.30, pero consigna numéricamente RD$20,000,000.00. La adjudicación posterior registrada en el expediente fue de RD$20,214,482.50, superior a la cifra numérica; la discrepancia podría ser un error de transcripción, pero debe verificarse cuál monto fue certificado y si cubría la contratación.
“Por Un Monto VEINTE MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS DOMINICANOS CON 30/100 (RD$20,000,000.00)”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona